Este lunes pasado, en este mismo espacio virtual, publicábamos la noticia «Pensión de alimentos, ¿hasta cuándo?», en la que contábamos cómo la Audiencia Provincial de La Coruña había condenado a un padre a pagar a su hija de tan «solo» 30 años una pensión de 400 € mensuales por tiempo indefinido, ¡ahí es nada!
Pues bien, esa misma Audiencia ahora ha condenado a unos padres, padre y madre, a pagar a su «niña» de 23 añitos una pensión de 624 € mensuales –540 € papá y 84 € mamá–, ¡tela!
La joven a los 21 años decidió independizarse, lo cual está muy bien, pero como ni trabajaba ni trabaja, no se le ocurrió otra cosa que demandar a sus padres divorciados. Y la justicia ha estimado su demanda, aunque a mamá no la han condenado a pagar los 200 € que pedía la «niña».
El colmo es que la joven vivía en La Coruña con su madre pero, como se ve que le gusta más el clima mediterráneo –como a mí–, decidió irse a estudiar la carrera a Valencia, a pesar de que esos mismos estudios también los podía cursar en La Coruña, lo que hace que los gastos que «soporta» sean consecuencia de su capricho y no de su necesidad, ya que en La Coruña podría vivir con su madre o con su padre, a elegir.
Uno de los argumentos que más ha tenido en cuenta la Audiencia Provincial de La Coruña para dictar esta sentencia son las malas relaciones entre madre e hija.
Así que, queridos lectores, procuren llevarse muy bien con sus «niños» tengan estos la edad que tengan, porque como cunda el ejemplo, tener un hijo va a ser peor que tener una hipoteca de esas «a 40 años»…
Y en cuanto a la Audiencia Provincial de La Coruña, «felicitarles» por esta línea progresista y protectora de la «infancia», ¡que Dios nos coja confesados!
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