Hasta la fecha, en este blog, hemos escrito sobre los hombres maltratados –«Hombres maltratados, una realidad silenciada»–, sobre las denuncias falsas que sufren muchos hombres hasta el punto de arruinarles la vida y, en el peor de los casos, empujarlos al suicidio –«Las denuncias falsas existen»–, entre otros temas, pero no habíamos escrito sobre la realidad de las mujeres maltratas «de verdad» que, desgraciadamente, también existen.
Y digo mujeres maltratadas «de verdad» porque, como escribía en el artículo «La Ley Orgánica 1/2004 «LIVG»: crónica de un fracaso», ni todas las mujeres que denuncian son maltratadas, ni todas las mujeres maltratadas denuncian.
Por todo ello me siento en deuda con esas mujeres realmente maltratadas que, en su mayoría, viven esa tragedia en silencio porque, paradójicamente, aunque las denuncias por la mal llamada «violencia de género» se han disparado, la realidad es que la mayoría de las mujeres maltratadas «de verdad» no denuncian, siendo prueba de ello que más del 75 % de las mujeres que mueren asesinadas a manos de sus parejas o ex parejas, nunca habían denunciado –en el año 2013, según el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, murieron asesinadas 54 mujeres, de las cuales solo 11 habían denunciado–.
Pero hoy vamos a hablar de la MUJER, de una de esas mujeres que sufren malos tratos «de verdad» y que, muchas veces por amor, y otras por auténtico temor, no denuncia.
Para ello les voy a contar un caso real en el que tengo el privilegio de defender a esa MUJER a la que llamaremos Mar. ¿Y a él?, lo llamaremos Pascual, –por razones obvias no usaremos sus auténticos nombres, ni diremos la ciudad en la que transcurren los hechos–.
Lo más interesante de esta historia es que en ella concurren muchos elementos a la vez, algunos de ellos totalmente atípicos cuando la víctima es una mujer.
En primer lugar se da la circunstancia de que tanto él como ella son abogados, lo que nos muestra que los malos tratos no entienden de nivel cultural ni económico, produciéndose esta lacra en todos los estratos sociales.
Entre los elementos atípicos nos encontramos con un «cambio de papeles». En el caso que nos ocupa es ÉL el que se «sirve» de las leyes de forma abusiva, es ÉL el que -de momento- le arrebata todo a ella, es ÉL el que «va» de víctima, es ÉL el que manipula a un menor y, lo que es más sorprendente, es ella, la que se ve sometida a todo tipo de injusticias, injusticias a las que habitualmente se ven sometidos los hombres, llamando sobremanera la atención de este caso precisamente por ser una «MUJER y MADRE» la víctima de tales injusticias.
Asimismo, por si todo ello fuera poco, también interviene una «progenitora», a la que llamaremos la «Yaya» –la madre de ella–, que «contra natura» arremete contra su propia hija. Más adelante entenderán por qué la llamo «progenitora».
La relación de Mar y Pascual es como la de muchas otras parejas que se conocieron cuando eran jóvenes, amigos en la pandilla, amigos de toda la vida, y que, al final, en el año 2003, se casaron.
Cuando contrajeron matrimonio, Mar ya era abogada, él todavía estudiante de Derecho; Mar tenía su casa y su despacho, Pascual no tenía nada, por lo que ella se lo llevó a vivir a su casa; él nunca se planteó comprar o alquilar una casa donde poder crear el hogar de ambos porque era más «cómodo» dejar hacer a ella… Ser una persona «mantenida», ¿realmente es cómodo? Para este señor parece ser que sí lo era.
En el año 2005 llegaría su único hijo. Él seguía muy ocupado terminando la Licenciatura en Derecho. Cuando él terminó derecho, ella lo instaló en su despacho.
Mar se hizo cargo de la casa, del despacho y del niño pequeño. Al final, Mar tuvo que recurrir a su madre, a la que llamaremos la «Yaya» –por razones obvias no usaremos su auténtico nombre–, para que le echara una mano. Así, la «Yaya» se instaló en la casa y empezó a pasar largas temporadas con ellos. La «Yaya» y Pascual, como suele pasar en tantas ocasiones, desde un primer momento no congeniaron.
Pronto por parte de Pascual llegaron los malos gestos, los malos comentarios, y en esa espiral loca que suele darse en la violencia intrafamiliar –nunca surge de un día para otro–, llegó la primera agresión física –las psicológicas ya habían aparecido mucho tiempo antes, pero Mar nunca había denunciado–. Él, Pascual, le dio a Mar una bofetada a mano abierta en un oído, lo que provocó que tuviera que ser atendida en un hospital –esta no sería la última agresión–.
Después de ese hecho, Mar optó por la separación –no el divorcio– y así, a finales de 2012, firmaron su acuerdo de separación.
Dado que la familia vivía en una casa bastante amplia, Mar –preocupada por el bienestar y la felicidad de su hijo y para que el niño sintiera lo menos posible las consecuencias de la separación de sus padres–, decidió que Pascual siguiera viviendo en la casa que había hecho las veces de domicilio familiar –concretamente en la buhardilla–, aunque la vivienda no era propiedad de él, y así lo hicieron durante aproximadamente un año.
La situación fue degenerando por momentos, y Mar se refugió en la bebida. El estrés y la tensión le pasaron factura hasta el punto que, a mediados del año 2013, Mar tuvo que ser ingresada en un hospital –hecho que más tarde usaría Pascual para arrebatarle todo–.
Meses después, a instancia de Mar viendo el cariz que tomaban los acontecimientos, me reuní con Pascual para mediar entre ellos y reconducir la situación. Siendo consciente de que en muchas rupturas una de las causas principales es la familia –padres y/o hermanos de uno u otro miembro de la pareja–, más aún si residen en el mismo domicilio familiar. Le propuse a Pascual que la «Yaya» saliera de esa casa, y se quedaran él, Mar y el hijo de ambos. Su respuesta no pudo ser más elocuente, «La Yaya nunca saldrá de casa, ella es mi coartada y yo soy la coartada de ella».
Dos días después de ese encuentro, Mar fue detenida por la Guardia Civil. Ante una discusión de las que ya eran habituales en su casa, ella se había defendido. A él, según la versión dada por Pascual y la «Yaya», le había hecho «dos excoriaciones lineales en región inferior de la mejilla izquierda» –dos arañazos– y a la «Yaya»» una «pequeña erosión superficial en región pariental izquierda» –un chichón–.
Nunca sabremos realmente quién se lo hizo –de lo que estoy absolutamente seguro es que no fue Mar–, pero con esas presuntas agresiones y con los partes de asistencia médica, rápidamente Pascual y la «Yaya» formularon la pertinente denuncia.
Como me había dicho Pascual dos días antes, efectivamente, él fue la coartada de la «Yaya», y la «Yaya» la coartada de Pascual.
Aquí es donde empieza realmente la historia. A la mañana siguiente de su detención –ya que había sido detenida por la noche–, Mar fue puesta a disposición judicial.
La abogada de Pascual y la «Yaya» –«casualmente» esta abogada era «amiga» de Mar– en la comparecencia celebrada ese mismo día, solicitó que se impusiera a Mar una medida de alejamiento de 500 metros –teniendo en cuenta que vivían en un pueblo pequeño, eso equivalía al destierro– respecto de ellos y del hogar familiar, así como la atribución de la guarda y custodia del menor al padre.
El Ministerio Fiscal solicitó una medida de alejamiento de 100 metros, pero que fuera también de aplicación respecto del menor –¿en «Interés Superior del Menor»?–.
Al final, SS.ª decretó, como medida cautelar, la prohibición de aproximación a la «Yaya» y a Pascual, así como al domicilio familiar, a una distancia de 100 metros, hasta que se dicte la resolución que ponga fin al procedimiento u otra que acuerde que no debe mantenerse. Respecto del menor acordó la misma medida, de forma que, aunque no atribuyó la custodia al padre, prohibió a la madre acercarse a niño –todo por dos arañazos y un chichón de dudosa procedencia–.
Para conseguir esta medida, Pascual –a pesar de su condición de abogado– no tuvo ningún reparo en sustraer documentación confidencial de Mar, concretamente el informe médico del ingreso que meses atrás había sufrido, y aportarlo al Juzgado, algo que podría ser constitutivo de un delito de revelación de secretos previsto y penado en el artículo 197 y siguientes del Código Penal.
Esto que les cuento –la sustracción de documentos personales de la pareja o ex pareja y su posterior aportación a dichos procedimientos–, es una práctica muy habitual en las separaciones y divorcios, así como en algunos procedimientos penales. Pues sepan que tal conducta puede ser constitutiva de delito. En este caso se denunciaron los hechos y Pascual tiene diligencias previas abiertas en un Juzgado de Instrucción.
Asimismo, Pascual y la «Yaya», tampoco tuvieron reparo en insinuar que Mar tenía una adicción grave al alcohol e incluso algún trastorno mental, consecuencia de lo cual, Mar fue valorada por un Médico Forense quien concluyó que:
«Por todo ello y teniendo en cuenta la documentación aportada, deduce el informante que Mar no presenta en el momento actual sintomatología alguna de padecer ninguna alteración mental, teniendo conservadas sus capacidades cognoscitivas y volitivas».
Es habitual que la ex pareja descalifique al otro para conseguir sus objetivos, pero algo totalmente inusual y penoso es que quien arremeta contra un miembro de la pareja sea la propia madre, la cual, en ese mismo instante, deja de ser madre para convertirse en una triste «progenitora».
Por los hechos expuestos –dos arañazos y un chichón–, la letrada de Pascual y la «Yaya», imputa a Mar tres delitos y dos faltas, pidiendo para ella un total de 3 años y medio de prisión –por los 3 delitos– y 16 días de localización permanente –por las dos faltas–, así como una medida de alejamiento respecto a la «Yaya» de 4 años, y respecto a Pascual de 2 años.
Es decir, con esa petición, lo que queda claro es que lo que pretenden Pascual y la «Yaya» es meter a Mar en la cárcel –lo que resulta aberrante si pensamos que tal petición la hace una «madre»–, ya que solo cuando la pena impuesta es inferior a dos años y se carece de antecedentes penales, se puede suspender el cumplimiento de la misma.
Por otro lado, el Ministerio Fiscal imputa a Mar dos delitos, pidiendo para ella un año de prisión por cada delito, así como una prohibición de aproximación de 3 años.
De momento no se ha celebrado el juicio por lo que no sabemos qué sucederá finalmente.
El siguiente paso que dio Pascual, a los 3 días de que él y la «Yaya» denunciaran a Mar, fue presentar demanda de divorcio –firmada por la misma letrada que le asistió en el procedimiento penal–, en la que, entre otras medidas, solicitaba la guarda y custodia del menor y un régimen de visitas a favor de la madre de 2 horas semanales –los sábados de 18 a 20 horas– en un punto de encuentro familiar, así como la atribución del domicilio conyugal –que, como se ha dicho anteriormente, no era propiedad de Pascual–.
Con esa demanda, entre otros documentos, aportó el informe médico relativo al ingreso de Mar. Como se ha expuesto, eso puede ser constitutivo de delito –concretamente de un delito de revelación de secretos del artículo 197 y siguientes del Código Penal–, pero, al aportarlo por la demanda que va firmada por su Letrada, ambos pueden haber incurrido en responsabilidades penales. Por este hecho, Mar formuló denuncia, consecuencia de la cual Pascual ha sido condenado recientemente con su conformidad por la comisión de tales hechos.
Un error muy extendido es pensar que en un procedimiento de divorcio vale todo, incluso quitarle documentos confidenciales a tu pareja o ex pareja para aportarlos al procedimiento. ¡Pues no!, es más, en estos casos pueden incurrir en responsabilidades penales también los letrados que aportan esos documentos. Si usted, amigo lector, está siendo objeto de estas malas prácticas por parte de su ex pareja y su letrado, mi consejo es denunciar. Al final, si no lo hace, el perjudicado será usted.
Asimismo, con la demanda, Pascual y su letrada aportaron un informe de una psicóloga a la que Mar meses antes había llevado a su hijo para valorar si tenía altas capacidades. La psicóloga no tuvo reparo en emitir un informe que Mar desconocía hasta que le notificaron la demanda y en el que el objeto no era aquel para el que había sido contratada dicha profesional, conteniendo valoraciones basadas en lo que le había manifestado Pascual.
Una vez más ante tales atropellos, -y siento ser tan repetitivo, pero es la única forma de luchar contra estos abusos-, mi consejo es denunciar. Esta psicóloga fue denunciada ante su «Colegio profesional», y recientemente ha sido sancionada por mala praxis.
Hace unos meses se celebró la comparecencia de medidas provisionales en la que, a pesar de estar acreditado que Mar no tiene ninguna adicción ni trastorno, y basándose en documentos, en mi opinión, obtenidos ilícitamente, se acordó, entre otras medidas, atribuir al padre la guarda y custodia del hijo y el uso del domicilio conyugal, otorgando a favor de la madre un régimen de visitas de fines de semana alternos y una tarde entre semana.
Pues bien, desde que se acordó ese régimen de visitas, las comunicaciones entre madre e hijo se han visto reducidas significativamente. Cuando Mar llama al menor, rara vez se lo ponen al teléfono. ¿Quieren saber cómo ha reaccionado la Justicia ante esto? Inhibiéndose, mirando hacia otro lado. Recientemente se solicitó que, por el Juzgado, se fijara un momento del día –por ejemplo las 8 de la tarde– en el que Mar pudiera llamar a su hijo. La respuesta del Juzgado no pudo ser más elocuente: que se pusieran de acuerdo los padres. Pues bien, como el padre no quiere, Mar no puede hablar con su hijo cuando no está con ella.
El padre tampoco permitió que el menor estuviera con Mar, su madre, un par de horas el día en el que ella cumplió años.
Recientemente fue el cumpleaños del niño. Dada la negativa del padre a que Mar lo pudiera ver en una fecha tan señalada, se solicitó que, por el Juzgado, se fijara un tiempo para que Mar pudiera ver a su hijo ese día –por ejemplo de 6 a 8 de la tarde–. ¿Quieren saber cuál fue la respuesta de la Justicia? Pues al igual que en el caso anterior, que los padres se pusieran de acuerdo. Evidentemente el padre no accedió y Mar se quedó sin ver a su hijo un día tan especial e importante.
Pero es más, desde que el menor está bajo los «cuidados» del padre y la «Yaya», este ha empezado a llamar a su madre «puta», «zorra», «borracha» e incluso ha llegado a agredirla físicamente en alguna ocasión. Pero, ¿qué dice el niño cuando se le pregunta por tales conductas? Su respuesta siempre es la misma «Te llamo así porque así te llama la Yaya», «Te pego porque la Yaya también me pega a mí», …
Aunque al menor no se le diga que diga o haga eso –insultar y pegar a su madre–, el niño está interiorizando y asimilando como normales conductas que están muy lejos de serlo y, lo que es más grave, están logrando que este menor crezca en un ambiente en el que los malos tratos –como los que sufrió su madre mientras permaneció en el domicilio familiar– son una constante.
Obviamente las conductas que tiene el niño –que aún no ha cumplido 10 años–, no son propias de su edad. En mi opinión, estamos ante un claro Síndrome de Alienación Parental (SAP), que se define como un «Desorden psicopatológico en el cual un niño, de forma permanente, denigra e insulta sin justificación alguna a uno de sus progenitores, generalmente, pero no exclusivamente, el padre», y lo que es peor, un SAP que, directa o indirectamente, está siendo propiciado por la justicia, esa justicia que «en teoría» está para proteger al menor.
¿Cómo acabará todo esto? No lo sabemos todavía, pero si algo tengo muy claro es que, sea cual sea su final para los adultos, para el menor terminará muy mal, simple y llanamente porque la Justicia, una vez más, está fallando, no está protegiendo al menor adecuadamente, y lo que es más importante, en «Interés del Menor» se están tomando unas medidas que, cuando menos, están propiciando una serie de conductas que tarde o temprano pasarán factura a ese niño.
Como decíamos antes, en esta historia concurren muchos elementos atípicos cuando la víctima es una mujer, tanto es así que no me sorprenderá que con Mar se hayan sentido identificados más los hombres que las mujeres, ya que las injusticias que le está tocando padecer a Mar son las mismas que habitualmente soportan muchos hombres.
Pero en cualquier caso, si en esta historia hay un denominador común a cualquier otra historia es que, una vez más, no se está protegiendo adecuadamente el interés del menor.
Al final se confirma lo que hemos visto en artículos anteriores, la Justicia no protege a las verdaderas víctimas –sean hombres o mujeres– y, lo que es peor, no protege a los menores, que son los más vulnerables en cualquier situación.
Mar nunca denunció los malos tratos de que era víctima, de la misma forma que muchos hombres maltratados tampoco denuncian por vergüenza. Las consecuencias no han podido ser –de momento– peores para ella, al igual que lo son para muchos hombres que, además de ser maltratados, son víctimas de denuncias falsas y, lo que es peor, alejados de sus hijos por decisiones judiciales que, aunque puedan ser legales, al ampararse en la Ley Orgánica 1/2004, son totalmente «injustas», porque son fruto de la aplicación de una Ley «esencialmente» injusta.
Por todo ello, seas hombre o mujer, ante los malos tratos «de verdad» solo cabe una opción, denunciar, «salir del armario», ya que, como hemos visto en esta historia y en otras de tantos hombres y mujeres, no denunciar a tiempo se paga muy caro.
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Nota:
Este artículo, como hemos dicho, se basa en una historia real y se ha escrito con la autorización de la propia víctima, por si su caso puede ser de utilidad para otras personas –hombres o mujeres– que sufran «violencia intrafamiliar».
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