El 3 de julio de 2012, en el municipio de Zaidín (Huesca), D.ª Rosa María T. S., de 66 años, ató a su marido en una cama, lo desnudó y comenzó «una espeluznante tortura» –que duró toda la noche– con un cuchillo de cocina de 13 cm, hiriéndolo en los brazos, hasta el punto de cortarte los tendones, y en las zonas lumbar y dorsal, con incisiones que afectaron a la zona renal y pulmonar. También le causó lesiones en el cuero cabelludo y además le rasgó el escroto dejando los testículos al aire.
Las heridas y mutilaciones fueron de tal gravedad que tuvo que ser sometido a numerosas intervenciones quirúrgicas. «Estuvo ingresado 360 días hasta su fallecimiento, permaneciendo constante- mente sondado, con traqueotomía para poder respirar y un constante sufrimiento. De operación en operación, hasta que falleció».
Considero que los hechos hablan por sí solos y no merecen más comentarios.
D.ª Rosa María T. S., en el acto de juicio oral ha negado de forma reiterada a lo largo de su declaración haber torturado a su marido durante varias horas y causarle de forma intencionada, para hacerle sufrir, las heridas que, según los peritos forenses, provocaron la muerte de la víctima casi un año más tarde.
No conforme con negar los hechos –a lo que, obviamente, tiene derecho– manifestó que la víctima era ella y que lo mató porque intentó violarla. Aquí tenemos un nuevo ejemplo de «criminalización de la víctima» y, además, se dice algo de alguien, en este caso el fallecido, que no se va a poder defender –lo cierto es que la declaración de esta mujer, se mire por donde se mire, es insostenible–.
Para despejar dudas sobre el fallecido, hay que decir que los hijos de la pareja –de 33 y 44 años–, en el acto de juicio oral negaron que su padre maltratara psicológicamente a su madre, añadiendo que D. Antonio I. era «totalmente sumiso», que hacía «todo» lo que quería su madre y que «siempre se portó bien con ella».
Pues bien, el Jurado Popular que ha juzgado estos hechos considera probado:
a) Que la procesada causó la muerte de su esposo aunque descarta que tuviera intención de acabar con su vida –sin comentarios–.
b) Aprecia que la acusada mintió cuando dijo que agredió a su marido con un cuchillo para defenderse de un intento de violación y que forcejeó con su víctima antes de causarle las heridas que le llevaron, casi un año después, a su muerte.
c) Que la procesada inmovilizó a su marido en una cama y que fue allí donde le agredió sin posibilidad de que la víctima se defendiera.
d) Que la mujer tenía sus capacidades intelectuales reducidas de una forma «importante» durante la agresión, y que su propósito, en cualquier caso, no fue de provocar la muerte de su esposo.
e) Que existiera un«rencor» de la acusada hacia su marido por motivos familiares sin determinar que le «cegaron» en el momento previo al ataque.
f) Dan por probado que las puñaladas no fueron la causa directa del fallecimiento de la víctima aunque sí el «desencadenante» de una «muerte en diferido» a causa de la evolución médica y hospitalaria de las graves lesiones sufridas.
g) En beneficio de la acusada, estiman que desde un primer momento se autoinculpó de la agresión llevada a cabo y que fue ella quien avisó a las emergencias médicas de la situación en la que se encontraba su marido.
Para terminar este rosario de conclusiones –sobre las que van a perdonar que no me pronuncie– el Jurado ha considerado «procedente» la solicitud de un indulto para la acusada. Ni tan siquiera han planteado la opción de, si consideran que está desequilibrada mentalmente, que la ingresen en un centro psiquiátrico, no, no, directamente, que la indulten y se vaya a su casa.
Ante tales conclusiones y la propuesta de indulto, sinceramente prefiero no hacer ninguna valoración, pero sí me gustaría plantear dos cuestiones:
¿Las conclusiones del Jurado serían las mismas si el autor hubiera sido un hombre?
¿Se debe mantener la figura del Jurado Popular?
Esta vez «la culpa» no es de los jueces, son los ciudadanos como usted y como yo los que han llegado a tales conclusiones…
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Álvar Hernández Baz dice
Impresionante caso e increíble final. Muy bien dicho Felipe.
Felipe Mateo dice
Estimado Álvar, gracias por su comentario. Saludos
arivalia dice
Es evidente que las conclusiones no hubiesen sido las mismas con los papeles invertidos. Y, desde luego, para delitos de asesinato por lo menos, no debería haber jurado popular