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Ayer, en esta misma sección, comentaba la noticia «Denuncian a un muerto por incumplir medida de alejamiento», pues bien, ayer por la mañana se celebró el juicio oral el cual ha quedado visto para sentencia.
Personalmente tengo que decir que estaba convencido de que todo terminaría con una conformidad y la consecuente rebaja de la pena –si la falsa denunciante fuera mi clienta es lo que le hubiera aconsejado-.
Sin embargo, la primera sorpresa del juicio es que la acusada no se presentó ante el Juzgado de lo Penal nº 3 de Oviedo que es el juzgado que la iba a juzgar, aún así, dada la pena solicitada para ella, el juicio se celebró en su ausencia.
El Ministerio Fiscal mantuvo su calificación jurídica y la pena solicitada –multa de 14 meses con una cuota día de 6 €-, aunque modificó un hecho: la fecha de fallecimiento, ya que el hombre no había fallecido un año antes de la denuncia sino 2 semanas antes.
La defensa alegó «Es imposible que mi cliente supiera que había muerto, si no viviría más tranquila y no habría denunciado los hechos», alegato sobre el que no haré comentarios.
Lo qué ocurrió el 23 de septiembre de 2013, según el letrado de la defensa, tal y como consta en la denuncia leída en el acto de juicio oral, fue que «la mujer vio a dos hombres de espaldas. Uno de ellos era un amigo del fallecido y ella creyó que el otro era su ex pareja, condenada por un delito continuado de malos tratos. El hombre tenía también varias condenas por quebrantamiento de la orden de alejamiento, alguno con violencia por el que fue detenido, según confirmó el agente de la Policía Local encargado del seguimiento del caso. Por eso el día de los hechos se asustó y echó a correr e inmediatamente llamó a la Cruz Roja».
Sin embargo, la acusada cuando denunció los hechos afirmó sin género de dudas que se trataba de su ex pareja, es más, ante los agentes declaró que «el hombre se le había acercado a unos cinco metros y la había insultado».
En mi opinión, el hecho de que esta presunta delincuente -de momento es lo que es- no se presentara al acto de juicio oral es muy significativo; la defensa efectuada por el compañero no se sostiene, ya que el mismo está reconociendo que su defendida denunció porque «creyó … que era su ex pareja» pero claro, para denunciar hace falta algo más que creer, no bastan creencias, hacen falta hechos, y lo cierto es que el denunciado no pudo ser -tenia la coartada perfecta: estaba muerto-, pero hay que recordar que, como se ha dicho, la acusada no solamente dijo que «el muerto» se le había acercado sino también que le había insultado, por lo tanto, es obvio que mintió al denunciarlo.
El juicio quedó visto para sentencia, el sentido común me dice que la sentencia será condenatoria, pero la experiencia me dice que «ya veremos», en esta lotería llamada justicia todo es posible.
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Raul dice
Los Juzgados españoles con las leyes de violencia de genero son un desastre. En España te acusan y no existe la presunción de inocencia para los hombres, lo siento pero España ha retornado a la Inquisición pero con inquisidores mujeres.
francisco dice
Entiendo que sera condenado. Además los deudos si los hay hermanos padres …hijos si no son sap ..podrían interponer querella por quebranto del honor y propia imagen ..
@mereces_saberlo dice
¿por qué Fiscalia propone una conformidad cuando tiene pruebas de sobra para no tener que asegurar así la condena? ¡lo hacen también con hombres? o es otra de las muchas discriminaciones por sexo del moderno p/matriarcado estatal?
Felipe Mateo dice
Las conformidades no las suelen proponer los fiscales sino los abogados, y suelen ser acogidas porque así se ahorran tener que celebrar el juicio, dictar sentencia, un posible recurso, etc… Realmente no debería ser así, pero….