[spacer]
[spacer]
Lamentablemente las denuncias por «falsos» abusos sexuales a menores cuando se litiga por la custodia de los hijos ya son un clásico que no sorprende a nadie, lo sorprendente es que la falsa denunciante acabe condenada.
En el caso que hoy comentamos el Juzgado de lo Penal n.º 3 de Santander condenó a una mujer por presentar una denuncia falsa contra su ex pareja, a quien acusaba de abusar sexualmente de los dos hijos que ambos tienen en común.
Según relata la sentencia que condenó a esta progenitora, ésta «a sabiendas de su falsedad y con absoluto desprecio a la verdad» denunció que sus hijos le habían relatado que su padre veía películas pornográficas delante de ellos.
Además, denunció que el hombre había realizado tocamientos en los genitales de la niña, de once años de edad, y también de su hermano, de nueve años.
La mujer solicitaba además en la denuncia que le fuera suspendida la guarda y custodia que judicialmente había sido otorgada al padre de los niños años atrás.
Por tales hechos, la mujer fue condenada como autora penalmente responsable de un delito de denuncia falsa previsto y penado en el artículo 456.1.1.º del Código Penal a la pena de seis meses de prisión –que le fueron sustituidos por 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad– y una multa de 1.080 €.
Además la condenada, que reconoció los hechos y se conformó con la condena, fue condenada a indemnizar al padre de sus hijos con 500 € en concepto de daños morales.
A la vista de la pena impuesta, solo cabe concluir que este «fenómeno» de las denuncias por falsos abusos a los hijos, lejos de ir a menos seguirá en auge, ya que lo que se puede conseguir con ellas es mucho –entre otras cosas una custodia– y los riesgos que se corren escasos.
Considero que la pena a imponer en estos casos es que a quien ponga una denuncia de esta naturaleza se le quite automáticamente la custodia de sus hijos y no se le vuelva a dar en la vida, quien somete a un hijo a un procedimiento de esta naturaleza, con todo lo que ello conlleva –periciales psicológicas, exploraciones forenses, etc– no merece tener la custodia de un menor.
[spacer]
Más información en:
Sentencia, de fecha 5 de marzo de 2015, dictada por el Juzgado de lo Penal n.º 3 de Santander
[spacer]
Estrella dice
Buenos días. Excelente post que pone el dedo en la llaga. Tan solo matizar una cuestión: una cosa es el Sobreseimiento Provisional por no haber quedado acreditados los hechos objeto de la denuncia (como cuando se acoge la mujer a la llamada «dispensa» de declarar contra su cónyuge o pareja), y otra el Sobreseimiento Libre, que se acuerda entre otros, en el caso de que quede acreditado que los hechos denunciados no son constitutivos de infracción penal. Solo en este caso podría denunciarse (y prosperar) la denuncia por delito de denuncia falsa (valga la redundancia). Pero es muy difícil que el Juzgado de Instrucción o de Violencia sobre la Mujer dicta Auto de Sobreseimiento Libre, entre otras razones por las pegas que a ello ponen los Fiscales. Espero haber contribuido a dar un poco de luz sobre este espinoso tema.
Felipe Mateo dice
Estimada Estrella, muchas gracias por tu comentario, muy enriquecedor, estoy bastante de acuerdo contigo. Saludos
Llorenç Duran Alcalà dice
Apreciado Felipe. Existe la posibilidad de pedir al juzgado que se archive una causa , después de haber sido sobreseída provisionalmente, si se hace un escrito solicitándolo. Una vez se ya haya recibido el auto de archivo, entonces si que se tiene la posibilidad de denunciar por falsa denuncia, aunque de todos modos es poco probable que esa denuncia prospere a no ser que se aprecie muy claramente en la falsa, una clara intencionalidad de la falsa denunciante. Personalmente, en una causa solicité el archivo de un auto de sobreseimiento provisional, entregando al juzgado un escrito del que puedo compartir el modelo. Ellos me respondieron con el auto de archivo definitivo. Si os interesa tener esos escritos, los puedo compartir., aunque no se como hacerlo por este medio, asi que para quien le interese, dejo aquí mi dirección y que me los pida: llorenduran@hotmail.es Saludos y muchas gracias por mantener tan vivo e interesante este blog. Llorenç (P.D. Pido disculpas si sale repetido el mensaje, ha sido por haber tenido problemas al introducir el texto cifrado o kapchapt)
Felipe Mateo dice
Estimado Llorenç:
Gracias por tu comentario, la comparto por si a alguien le puede ser útil. Aunque lo cierto es que cuando un juzgado acuerda un archivo provisional rara vez rectifica para convertirlo en definitivo.
Saludos
Javier Flores Gómez dice
A mi me denunció x violencia de género inventándose todo. Por suerte la jueza lo archivo xq ya le vio el plumero y q era todod falso. Pregunto puedo denunciarla x ese echo.??? Gracias.
Felipe Mateo dice
Estimado Javier:
Todo depende de si el archivo fue definitivo o provisional, habitualmente lo acuerdan provisional para que no se pueda perseguir a las falsas denunciantes; si es un archivo definitivo denuncia, si es provisional no te lo recomiendo.
Saludos y gracias por leerme.