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Hoy estimados lectores no voy a comentar una sentencia o compartir una noticia, hoy quiero plantear una pregunta ¿Es posible la mediación en materia de violencia de género?
Vaya por delante que el artículo 44.5 de la Ley 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género prohíbe expresamente la mediación en los casos que son competencia de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
Sin embargo, la cuestión que hoy planteo es una cuestión que más pronto o más tarde habrá que debatir e, incluso, implementar en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
La mañana de hoy se antojaba complicada, en un Juzgado de Instrucción de un pueblo de la provincia de Zaragoza tenia un juicio rápido por violencia de género/violencia domestica, con denuncias cruzadas, por lo que ambos cónyuges –en proceso de divorcio– tenían muchas posibilidades de acabar mal -afortunadamente no se trataba de nada grave, más bien un «calentón» que había acabado con denuncias cruzadas-.
Sin embargo, se ha dado algo que pocas veces se da en un Juzgado de Violencia sobre la Mujer, nos hemos juntado dos abogados con talante mediador, una Magistrado Juez con talante conciliador, una Fiscal que ha «dejado hacer» y dos clientes que se han dejado aconsejar por sus letrados y que además nos han hecho caso; resultado: ninguno de los cónyuges a ratificado sus denuncias, el Ministerio Fiscal y las partes no hemos acusado y estas dos personas han podido irse a casa después de quitarse un peso de encima.
Los datos que hemos tenido en cuenta todos es que no se trataba de un hecho grave -no había lesiones- y que había dos menores que, sin ningún género de dudas, han sido los más beneficiados de lo que ha pasado en el Juzgado.
Con este «acuerdo» se ha rebajado la tensión, se ha puesto fin a una espiral de denuncias entre ambos progenitores, y se han sentado las bases para que esta familia -aunque rota, una familia al fin y al cabo- empiece a relacionarse de una forma diferente.
Sinceramente, creo que muchas veces se denuncia muy a la ligera -en muchas ocasiones fruto de un «calentón»-, además la gente no es consciente de las consecuencias que dichas denuncias conllevan para las familias; es por ello, por lo que cuando no se trata de hechos graves considero estrictamente necesaria la mediación en materia de violencia de género.
La Ley 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género no es la solución, es una Ley que destruye -familias, personas, vidas…- y lo que hace falta son leyes que ayuden a las familias, aunque rotas, a construir nuevas formas de relacionarse entre sus miembros.
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