Dicen las estadísticas que septiembre y octubre son dos de los meses del año en los que más divorcios se producen, y les puedo decir que, según mi experiencia profesional, es cierto.
Según comentan los expertos, muchas parejas no superan el verano al tener que pasar más tiempo juntos…, paradojas de la vida. En estos casos podemos decir que la convivencia hace que se rompa la relación.
Quizás si ha llegado hasta aquí y está leyendo estas líneas sea porque ha tomado o está a punto de tomar una de las decisiones más importantes de su vida: divorciarse. Pero ahora que ya ha decidido divorciarse, surge una pregunta: ¿y ahora qué?
Precisamente porque son muchas las dudas que una persona se plantea cuando decide dar este paso, es por lo que he decidido escribir este «post» tratando de dar respuesta a las cuestiones más frecuentes que me plantean mis clientes cuando acuden por primera vez al despacho.
Una de las tentaciones más habituales para terminar lo antes posible con este «trámite» es firmar lo que le pongan a uno/a delante y terminar cuanto antes; pero a la larga, actuar así, puede traer muy malas consecuencias, ya que en una situación de crisis, en ocasiones, no se tiene la suficiente claridad de ideas para tomar según qué decisiones. Por eso lo mejor es ponerse en manos de un abogado de familia, de un especialista que le acompañe en este momento tan delicado, un abogado en el que pueda confiar y que le asesore en cada paso a dar.
Hay que tener en cuenta que un divorcio no termina el día que se dicta sentencia, más bien al contrario, un divorcio –sobre todo cuando hay hijos– empieza el día que se dicta sentencia y, dependiendo de cómo haya sido ese proceso, será la relación futura con su ex e incluso con sus hijos, por eso es importante ponerse en manos expertas y cuidar hasta el mínimo detalle.
Igual que cuando una persona tiene una dolencia concreta acude a un especialista, a un experto en la materia, cuando un hombre o una mujer decide divorciarse tiene que ponerse en manos de un especialista, es decir, en manos de un abogado de familia.
Hay que tener en cuenta que es mucho lo que está en juego, y si insisto tanto en ello es porque son muchas las personas que acuden a mí cuando ya nada tiene remedio…
En un divorcio, aunque en muchas ocasiones no seamos conscientes de ello, nos jugamos nuestro futuro y, lo que es más importante, el futuro de nuestros seres más queridos, nuestros hijos. Por estas razones hay que huir de aquellos que no dominen la materia, huir de aquellos que prometan resultados –un abogado puede prometer que pondrá todo su esfuerzo en la defensa de sus intereses, pero nunca puede prometer resultados, simplemente porque no dependen de él– y, sobre todo, hay que huir de aquellos que busquen el conflicto en lugar del acuerdo, destruir en lugar de construir o simplemente generar pleitos innecesarios –lamentablemente, los hay–.
Una vez que haya elegido un abogado de confianza que le asesore, que le acompañe y, sobre todo, que vele por sus intereses como si fueran los suyos propios, con su ayuda y asesoramiento es el momento de plantearse otras cuestiones.
La primera cuestión que hay que plantearse es: ¿cómo quiere que sea su divorcio? Las opciones principalmente son dos:
a) Divorcio de mutuo acuerdo.
b) Divorcio contencioso.
Mi consejo siempre es intentar que el divorcio sea de mutuo acuerdo. Las ventajas son muchas: es más rápido y económico, pero lo más importante es que son ambos cónyuges los que deciden cómo quieren que sea su futuro y el de los hijos –si los hay–.
La otra opción es un divorcio contencioso, pero esta siempre debe ser la última opción, ya que un divorcio contencioso es más largo y costoso. Asimismo, quien decide es un juez que, después de escuchar a unos y a otros, toma la decisión que mejor le parece y que, en la mayoría de los casos, no satisface a ninguna de las partes, y, lo que es peor, las heridas que deja un divorcio contencioso, tardan mucho tiempo en curar –a veces, nunca se curan–.
Cuando digo que el divorcio contencioso es más costoso que uno de mutuo acuerdo es porque en el divorcio contencioso intervienen dos abogados y dos procuradores, mientras que en un divorcio de mutuo acuerdo ambas partes pueden ser asistidas por el mismo abogado y procurador.
Pero es más, como en el divorcio contencioso rara vez ambas partes están conformes con la sentencia que se dicta en primera instancia, sucede que hay que añadir una segunda instancia –apelación–, con lo que al final el coste de un divorcio contencioso puede llegar a ser un 60 % o 70 % mayor que el coste de un divorcio de mutuo acuerdo.
En cualquiera de los casos, sea el divorcio de mutuo acuerdo o contencioso, algo importante es dejar a la familia al margen, o dicho de otra manera, no permitir que terceros se entrometan, ya que los que se divorcian son los cónyuges, y mi experiencia profesional me dice que, aunque se haga con la mejor de las intenciones, muchas veces la familia todavía complica más las cosas.
Con frecuencia recibo en el despacho a personas que quieren divorciarse y vienen acompañadas de su madre –rara vez viene el padre–, y lo malo es que la madre es la que lleva la voz cantante.
Sin ir más lejos, recuerdo una ocasión en la que acudió al despacho una mujer a divorciarse. Ya en la primera cita vino acompañada de su madre. Lo que más me sorprendió es que a la tercera cita –destinada a revisar la demanda antes de presentarla en el juzgado– vino la madre sola. Esta señora, cuando le dije que la que se estaba divorciando era su hija y que por esa razón prefería comentar la demanda con su hija, se quedó desconcertada.
Soy consciente de que los padres queremos lo mejor para nuestros hijos –yo también soy padre–, pero a veces, ante una situación como es la del divorcio de un hijo o hija, son ellos los que deben afrontar la realidad de su propio divorcio. Dejémosles que se divorcien solos, aunque siempre sepan que cuentan con nuestro apoyo incondicional como padres.
Una vez que usted haya decidido cómo quiere que sea su divorcio surge, en mi opinión, la cuestión más importante si hay hijos en el matrimonio: ¿qué hacemos con los niños? Hay que tener presente que de la respuesta que se dé a esta pregunta depende el futuro y el bienestar de los hijos.
De nuevo se nos plantean dos opciones:
a) Optar por una custodia compartida.
b) Que la custodia se atribuya en exclusiva a uno de los progenitores.
Pienso que, en beneficio de los niños, de nuestros hijos, los adultos tenemos la obligación de ser generosos, ya que los progenitores se divorcian pero los niños nunca se divorcian de su papá ni de su mamá.
Igual que pienso que hay que mantener a la familia al margen, considero que a los niños también hay que mantenerlos al margen. Por lo general toda separación o divorcio es dura para los hijos, más aún si se les hace tomar partido por uno u otro progenitor creando así un conflicto de lealtades en el menor. Por esto desaconsejo que a los niños se les pida que se pronuncien sobre cuestiones tales como a quién quieren más, si a papá o a mamá, o con cuál de los dos desean estar, ya que a la larga eso va a afectar a la estabilidad emocional de los menores haciéndoles sentir que si se ponen del lado del uno el otro puede sentir que le traiciona, y viceversa.
Sinceramente, más de una vez me ha pasado que algún cliente ha venido al despacho acompañado por algún hijo –cosa que no me gusta nada, ya que, como he dicho, hay que procurar mantener a los niños al margen–, y sin ningún reparo, el padre o madre para demostrar lo mucho que le quiere el niño o niña, le ha preguntado en mi presencia que con quién prefería estar, si con papá o con mamá. Por favor, ahorrémosle este trance a los niños, porque para ellos ya es bastante duro entender que sus padres se van a divorciar.
Por lo tanto, el tipo de custodia por el que se opta –exclusiva o compartida– debe ser una decisión de los padres, y, si estos no son capaces de ponerse de acuerdo, de los jueces de familia quienes habrán de acordar el tipo de custodia que sea menos perjudicial para los menores.
Si se opta por una custodia compartida son varias las formas en que se puede organizar el reparto de tiempo –por semanas, quincenas, meses, bimestres, trimestres…–. En mi opinión lo mejor es que la relación de los niños con sus padres sea lo más fluida posible, por eso hay que buscar fórmulas que ayuden a ello –siendo la custodia compartida por periodos semanales lo más aconsejable, según mi experiencia–.
Asimismo, si opta por una custodia compartida habrá que decidir de qué forma contribuyen los padres para atender los gastos de los hijos, para lo cual hay que tener en cuenta las necesidades de los niños y los recursos con que cuenta cada progenitor.
La custodia compartida no tiene por qué implicar necesariamente un reparto del tiempo al 50 %, al igual que tampoco tiene por qué suponer obligatoriamente que ambos progenitores contribuyan en igual proporción a los gastos de sus hijos –ej.: si uno gana 2.000 € y otro 800 €, no parece lógico que los gastos de los hijos sean pagados por ambos progenitores al 50 %–.
Cuando se opta por la custodia individual a favor de uno de los progenitores –habitualmente la madre–, dos son las cuestiones que hay que tener en cuenta: el régimen de visitas que se fija para que los niños puedan relacionarse con el progenitor no custodio, y la pensión de alimentos a pagar para atender las necesidades de los hijos.
En cuanto al régimen de visitas, una vez más insisto en que hay que ser generosos para que los niños se puedan relacionar lo máximo posible con el progenitor no custodio. Hay que tener presente que el régimen de visitas no es solo un derecho del progenitor no custodio a relacionarse con los hijos, sino también y sobre todo es un derecho de los hijos a relacionarse con dicho progenitor, por eso, cuando se pretende limitar la relación de un hijo con su padre o madre hay que tener en cuenta que el mayor perjudicado es el menor, y que, a la larga, tendrá consecuencias e incluso secuelas.
En cuanto a la pensión de alimentos, en caso de que haya hijos y la custodia se atribuya en exclusiva a un progenitor, la cuestión más importante es: ¿en qué importe fijamos la pensión de alimentos? Para responder esta pregunta puede ser útil la aplicación creada por el Consejo General del Poder Judicial, pero solo a nivel orientativo, ya que únicamente tiene en cuenta los ingresos de los progenitores olvidando otros factores a tener presentes a la hora de fijar el importe de dicha pensión como son los gastos de los hijos, gastos de los padres, etc.
Por ultimo, aunque no por ello menos importante, están las cuestiones económicas tales como ¿qué hacemos con la vivienda familiar?, ¿cómo repartimos el patrimonio?, o ¿hace falta pensión compensatoria?
Todas estas cuestiones lo mejor es decidirlas con el asesoramiento de un experto en la materia, de un abogado de familia, teniendo en cuenta dos aspectos: el primero es que hay que velar por que no le falte nada a los hijos y el segundo –no menos importante–, que ninguno de los progenitores vea hipotecado su futuro. Si conseguimos conjugar ambas variables, habremos conseguido que EL DIVORCIO NO SEA EL FIN DE UNA FAMILIA, SINO UNA NUEVA FORMA DE RELACIONARSE ENTRE LOS MIEMBROS DE ESA FAMILIA.
Una vez más confío y deseo que este «post» pueda ser útil a los lectores de este espacio que, como siempre digo, pretende ser de todos. Sin embargo, soy consciente de que con un «post» no se puede dar respuesta a todas las cuestiones que se plantean a la hora de dar un paso tan trascendental como es el de divorciarse, por ello, con la finalidad de crear un espacio con información útil para todos aquellos que estén o puedan estar inmersos en procedimientos de familia, en este mismo espacio pueden encontrar el post «Soluciones en caso de ruptura». En el pretendo dar respuesta de forma pormenorizada a todas las cuestiones que se puedan plantear sobre tan delicada materia, así como sobre otras muchas cuestiones a tener en cuenta.
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Más información en:
Aplicación del Consejo General del Poder Judicial para el cálculo de pensiones de alimentos
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Juan Antonio Martin fernandez dice
Es mi disconformidad en un juicio de mutuo acuerdo , en la que tuve que firmar a la fuerza , bajo la acción de la Juez y abogada contraria , que presentó un convenio que no era el pactado, por ambas partes ..me encuentro indefenso y no se que hacer.Gracias.
Felipe Mateo dice
Estimado Juan Antonio, si no está conforme con lo que ha acordado, lo único que puede hacer es pedir una modificación de medidas, aunque si las circunstancias que se tuvieron en cuenta en el momento de la firma no se han modificado sustancialmente no prosperara la demanda, por eso insisto tanto en que hay que pensar muy bien lo que se firma. Saludos y suerte.
Ana dice
Voy a divorciarme después de 15 años de, separación de mutua, acuerdo pero yo en este caso solo firmaré, osea que no me presento no creo que sea necesario ya, que nunca hemos tenido problemas y ya los hijos son grandes, tengo una minusvalía incapacitada pero hemos fijado pensión de comida, en fin mi pregunta, es necesario que me presente, no hay ningún problema es oír si en el futuro el no haber ido tendré problemas a la hora de volver a, casarme, renta porque por otra cosa no tendré problemas
Felipe Mateo dice
Sí se va a divorciar de mutuo acuerdo y firman un convenio regulador -en Aragón pacto de relaciones familiares- debe ratificarlo, la ratificación consiste en decir que la firma es suya, que conoce el contenido de ese acuerdo y que está conforme. Saludos Ana