Vaya por delante, por enésima vez, mi condena más rotunda contra cualquier tipo de violencia, la sufra quien la sufra, y más aún si se trata de violencia sexual y quienes la sufren son los menores.
Precisamente porque una de las cosas más graves y repugnantes que se le puede hacer a un menor es abusar sexualmente de él, me parece especialmente grave que se juegue con «presuntos» abusos sexuales a menores cuando no los hay. Y es que cada día con más frecuencia, cuando los abogados presentamos demandas solicitando la guarda y custodia, sea compartida o exclusiva, a favor de un padre, nos encontramos que en la contestación a la demanda o incluso en la vista se insinúa –no se denuncia– que el menor o los menores han sido objeto de abusos sexuales por parte del padre, tratando de crear sobre este la sospecha y así evitar no solo que le sea atribuida la guarda y custodia, sino incluso un régimen de visitas amplio.
Ante esto solo puedo decir una cosa: ¡BASTA YA! ¡Jueces y fiscales, actúen!, no puede pasar esto todos los días en nuestros juzgados y que nadie haga ni diga nada al respecto.
Cuando pido a los jueces y a los fiscales que actúen, no solo me refiero contra las progenitoras –para mí una mujer que «juega» con estas cosas no merece el título de madre– que esgrimen tales argumentos, –y progenitores cuando sea necesario, aunque es excepcional que sea el hombre el que insinúe la existencia de abusos sexuales a los menores–, sino también contra los abogados que defienden a esas progenitoras, porque este problema existe porque los jueces y fiscales no hacen nada al respecto y, sobre todo, porque hay abogados que se prestan a ello.
Los abusos sexuales a menores no se «insinúan», se denuncian, y si no se denuncian que se tomen medidas legales contra quien conociendo su existencia no los denuncia, o sabiendo que no existen los insinúan, ya que, en mi opinión, en ambos supuestos se incurre en responsabilidades penales.
Aunque el caso que ha dado lugar a este artículo lo he conocido a través de la prensa, lo cierto es que esto es el «pan nuestro de cada día» en los Juzgados de Familia, siendo varios los casos que he llevado hasta la fecha en los que se ha insinuado o dejado flotar en el ambiente la sospecha de que el padre pudiera haber abusado sexualmente de los hijos.
Ante insinuaciones de esta naturaleza mi respuesta siempre ha sido y seguirá siendo la misma, tolerancia cero, con los niños no se «juega» de esta manera. Simple y llanamente me niego a esgrimir ese tipo de argumentos, y si lo que se me ha contado tiene fundamento, siempre he aconsejado y he hecho lo mismo: denunciar, ya que ante abusos sexuales a un menor no cabe otra opción más que la de ponerlos en conocimiento de la justicia, pero no mediante insinuaciones, sino mediante denuncia ante el Juzgado de Guardia.
En cuanto a los padres afectados por estas insinuaciones –que no denuncias–, siempre he aconsejado lo mismo: tomar medidas extrajudiciales y judiciales. Las primeras para descartar la existencia de abusos, y las segundas para cortar tales insinuaciones ya que, además, si no se hace nada al respecto, ya saben lo que sucede, «El que calla, otorga».
La historia que hoy les comento comienza el día 28 de mayo de 2012, cuando un padre presentó ante el Juzgado de Valdemoro (Madrid) una demanda en el juzgado solicitando la guarda y custodia de su hijo –en aquellas fechas de 4 años de edad– así como la adopción de medidas provisionales para poder ver al niño ya que, según parece, la madre llevaba meses evitando que el padre viera al menor.
En la contestación a la demanda, la demandada alegó que evitaba los encuentros entre padre e hijo ya que su hijo «podría» haber sufrido presuntos abusos sexuales por parte de su padre, pero «no lo afirmaba, lo insinuaba».
Según explicó, el pequeño le había referido a ella y a su madre –la abuela del menor– los presuntos abusos sufridos. «Papá me pega» y «Papá me mete el dedo en el culo», les dijo en reiteradas ocasiones a las dos, que llevaban meses observando en el menor una actitud extraña y un profundo deseo de no estar con su padre –todo ello según refiere la demandada–.
Según la progenitora «El menor era objeto por parte de su padre y otros familiares de determinadas conductas o prácticas sexuales irregulares con el menor, como el pasearse desnudo delante del pequeño o hacerle objeto de penetraciones digitales por la zona anal».
El día 22 de octubre de 2012 se celebró la vista en la que la madre volvió a insinuar la existencia de posibles abusos sexuales del padre hacia su hijo, consecuencia de lo cual se acordó que el menor fuera valorado por el equipo psicosocial y se suspendieron los contactos entre padre e hijo hasta que los hechos se esclarecieran.
Especial mención merece el hecho de que según se desprende de la noticia, «La madre habría tenido conocimiento en noviembre de 2011, sin que estos hechos se pusieran en conocimiento de ningún órgano judicial hasta el 23 de octubre de 2012» –transcurridos 5 meses de la demanda presentada por el padre–.
Hay que decir, además, que al padre por estos hechos le fueron incoadas Diligencias Previas ante el Juzgado de Instrucción número 4 de Majadahonda (Madrid), que acordó el sobreseimiento de las actuaciones el 11 de octubre de 2013 tras valorar que el comportamiento desarrollado por el menor consistente en introducirse el dedo en el ano era algo que hacía desde muy pequeño, incluso cuando los progenitores aún convivían, y que la madre solo lo había puesto en conocimiento de la autoridad judicial con ocasión de la demanda del padre, «existiendo solo la versión de la madre frente a la contundencia del informe emitido por el equipo psicosocial de los juzgados de Majadahonda», que «descartó la existencia del delito denunciado».
Durante la tramitación del procedimiento, la progenitora puso distintas trabas para que el menor no pudiera ser valorado por el equipo psicosocial tal y como había acordado el Juzgado –cuando la citaban alegaba que ella o el menor estaban enfermos, y así se suspendía el señalamiento para valorar al menor–.
A pesar de las «argucias» usadas por la progenitora para demorar la valoración del menor, el niño finalmente fue valorado por el equipo psicosocial que, como se ha expuesto, descartó la existencia de tales abusos sexuales.
Consecuencia de todo ello, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 6 de Valdemoro finalmente ha autorizado al padre a ver a su hijo en un régimen de visitas a desarrollar en un Punto de Encuentro Familiar de la Comunidad de Madrid.
Ante tal historia, por desgracia más frecuente de lo que pensamos, en la que se ven inmersos infinidad de niños, cabe hacer –entre otras– las siguientes consideraciones:
Si la madre era conocedora de esos «posibles abusos», ¿por qué no los había denunciado antes? Personalmente, siempre que alguien responde una demanda esgrimiendo tales argumentos tiendo a pensar que los mismos son falsos, ya que una madre o un padre que piensa que su hijo es objeto de abusos sexuales no espera a que lo demanden para tomar medidas inmediatas.
Es más, una madre o padre que ante una situación de esa naturaleza no toma medidas es un peligro para el menor y, para mí, no merece tener la guarda y custodia del mismo.
Pero como he dicho antes, en estos casos, los abogados tenemos mucho que hacer y decir. Un abogado cuando una cliente o clienta le cuenta que un menor está siendo objeto de abusos sexuales y no le aconseja que denuncie tales hechos sino que se limita a hacer insinuaciones en sus escritos o en sala, no merece llevar toga; además le hace un flaco favor a su cliente o clienta y, lo que es peor, en el caso de que los abusos sean ciertos, deja a un menor en situación de riesgo.
La progenitora de esta historia, a pesar de conocer los hechos –según ella– desde noviembre de 2011, se calló y no los sacó a la luz hasta 5 meses después de ser demandada –octubre de 2012–, ante lo cual poco se puede decir, que cada uno saque sus conclusiones.
Igualmente, el hecho de que esta mujer obstaculizara la exploración del menor por parte del equipo psicosocial, en mi opinión, es una muestra inequívoca de que los abusos sexuales alegados por esta progenitora no eran ciertos, ya que cualquier padre o madre que se encuentre de verdad ante una situación de esa naturaleza lo que desea es que su hijo sea explorado cuanto antes, para que se tomen todas las medidas necesarias y evitar que el menor pueda sufrir esas situaciones de nuevo.
Lo grave de estas historias, en mi opinión, es que si no se tienen reflejos y se actúa rápido, por desgracia suelen dar «muy buen resultado».
Cautelarmente los jueces suspenden las relaciones de los padres con los menores –personalmente yo haría lo mismo, prefiero que se adopte esa medida a que se exponga a un menor a una situación de riesgo–, y a continuación se entra en un procedimiento de resultado incierto, que puede dar lugar a que un padre pierda el contacto con sus hijos por mucho tiempo. Tiempo que luego no se recupera, por lo que en el caso de que los abusos no sean ciertos, el daño causado a la relación padre e hijo es irreparable.
Además hay una «ventaja» añadida para la progenitora y es que aunque luego se demuestre que no han existido los abusos, no le va a pasar nada. Como no ha denunciado –solo ha insinuado– no se le puede imputar un delito de acusación y denuncia falsa, asimismo, ni jueces ni fiscales van a hacer nada contra ella, es más, con frecuencia hasta se les «premia» con la custodia.
En el caso que les comento, según se desprende de la noticia, la custodia la sigue ostentando la madre, y al padre se le ha dado un régimen de visitas de unas horas a la semana y en un punto de encuentro, lo cual creo que es lamentable.
En mi opinión la primera medida que deberían adoptar las autoridades judiciales –una vez se demuestra que todo era falso y que nunca existieron tales abusos– es retirar a esa progenitora la custodia, porque ¿qué se puede esperar de una mujer capaz de «jugar» con algo así?
No olvidemos que las consecuencias de «insinuar» abusos sexuales inexistentes no solo afectan al padre, sobre el que en muchos casos, por aquello de «critica que algo queda» siempre permanece una sombra de duda, sino también a los menores, quienes se ven sometidos no solo a exploraciones psicológicas sino también, en muchos casos, a exploraciones físicas –por pediatras, ginecólogos, etc.–.
En cuanto a los padres que puedan ser víctimas de estas insinuaciones mi consejo, como he dicho antes, es que no se queden quietos, que acudan al pediatra del menor y le informen de la situación, que soliciten que los menores sean explorados para descartar cualquier signo de abuso, que informen en guarderías y colegios –según proceda– y que si reciben algún tipo de amenaza o insinuación de ser denunciados por abusos a los hijos denuncien inmediatamente.
Por último, para evitar ser víctimas de estas insinuaciones, lo más práctico es usar el sentido común –ya saben, el que parece ser el menos común de los sentidos–, y no realizar determinadas prácticas que, aunque no supongan ningún tipo de abuso, pueden dar lugar a insinuaciones o sospechas de esa naturaleza. Por ejemplo, «no es conveniente» que los padres se duchen o bañen con los hijos, «no es conveniente» que a los niños se les haga fotos desnudos, tampoco «son convenientes ni necesarias» determinadas muestras de afecto como besar a los niños en la boca, y así podría poner una larga lista de ejemplos que, como he dicho, aunque no supongan ningún tipo de abuso, usados maliciosamente pueden llevarnos a sacar conclusiones erróneas y en un Juzgado de Familia o de Instrucción pueden tener consecuencias irreparables.
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Más información en:
victormuñoz dice
hola Felpe, acabo de revisar la información de esta pagina, me parece muy interesante todo lo que has detallado, te dejo esta nota, ya que mi tesis de grado de licencia en trabajo social la realizare sobre estos vacíos legales que existen en la ley (chile) seria agradecido de su comprensión realizar un pequeña entrevista.
saludos cordiales
Victor Muñoz
Felipe Mateo dice
Estimado Víctor, gracias por tu comentario, si te puedo ayudar en algo no dudes en contactar conmigo. Saludos.