HIJOS «HUÉRFANOS» DE PADRES VIVOS
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Aunque ya conocen mi opinión sobre este tema, vaya por delante mi condena más rotunda hacia cualquier tipo de violencia, la sufran mujeres, hombres, niños o ancianos, sea quien sea la víctima, repudio la violencia.
Por tanto, me parece inaceptable cualquier tipo de violencia sobre la mujer, a quien –repito, al igual que a los niños, ancianos y hombres– hay que proteger. Sin embargo, pienso que, para proteger a la mujer, no vale todo.
Aunque en este espacio virtual y, más concretamente, en esta sección de noticias, lo que me gusta es comentar sentencias –por considerar que es lo más útil para todos–, hay noticias que no se pueden dejar pasar por alto.
Esta semana son dos las noticias que han llamado mi atención: la primera a cargo del Grupo Parlamentario Socialista en el Senado, que ha solicitado «suprimir la obligación impuesta a aquellas víctimas de violencia de género que sean condenadas por denuncia falsa o simulación de delito de devolver las cantidades recibidas en concepto de ayuda con un interés del 50 por ciento».
Concretamente, el PSOE ha presentado este lunes una enmienda de supresión del artículo 35 del Estatuto de la Víctima, en el que se establecen los supuestos en los que las personas que se hayan beneficiado de subvenciones o ayudas percibidas por su condición de víctimas y que hubiera sido objeto de alguna medida de protección, estarán obligadas a reembolsar las cantidades recibidas.
La devolución legislada afecta también a los gastos causados a la Administración por las actuaciones de reconocimiento, información, protección y apoyo a la víctima. Las cantidades percibidas tendrán que reintegrarse «con un incremento del interés legal del dinero aumentado en un 50 por ciento».
El texto refleja que esta devolución con penalización se producirá si la víctima es condenada por denuncia falsa o simulación de delito o si se dicta una sentencia absolutoria o un auto de sobreseimiento libre en los que se declare que los hechos denunciados no existieron.
Pues bien, según el senador D. Arcadio Díaz Tejera, la supresión es necesaria porque el artículo resulta «intimidatorio para aquellas mujeres que viven una situación de angustia».
Ante lo cual, a la vista de la petición del Grupo Parlamentario Socialista en el Senado, yo propongo que se den las ayudas y demás «mamandurrias» sin necesidad de denunciar, así, porque sí, por el mero hecho de «ser mujer». Al menos, con ello, nos ahorraremos los costes que todo procedimiento judicial conlleva y el sufrimiento de muchos hombres víctimas de denuncias falsas.
Pero, como el Partido Popular no puede ser menos que el Partido Socialista, el Ministro de Justicia, Sr. Catalá, se ha despachado con otra sorprendente noticia:
«Queremos que la custodia compartida sea una posibilidad cuando están de acuerdo los padres, porque si no es bastante complicado gestionarla y queremos garantizar que nadie que tenga sospecha o sombra de violencia de género pueda tener, no ya la custodia, que parece evidente, sino incluso visitas a sus hijos».
El Sr. Catalá ha dicho que la intención del Ejecutivo es modificar el sistema actual que sí «permite que se esté concediendo régimen de visitas a maltratadores condenados y confesos».
Es decir, si prosperan los proyectos del Partido Popular, un hombre que sea condenado por violencia de género –independientemente de los hechos que motiven dicha condena, por ejemplo: un insulto– no tendrá derecho ni a un «triste» régimen de visitas para ver a sus hijos.
Pero es más, si sobre un hombre hay «sospecha o sombra de violencia de género» –no condena–, tampoco.
Ante lo cual, teniendo en cuenta la legislación que tenemos en España en esta materia y lo fácil que es conseguir que un hombre sea condenado por violencia de género, auguro un lamentable incremento de «hijos huérfanos de padre vivo».
Por cierto, en ambas noticias hay un denominador común, las presiones efectuadas a PP y PSOE por determinadas asociaciones de mujeres.
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