Hace unas semanas escribíamos en este mismo espacio cómo una mujer había sido «Condenada por abrir el correo electrónico de su ex marido». Hoy la noticia es la siguiente: un Juzgado de Instrucción de Murcia mantiene la imputación de una mujer por un presunto delito de revelación de secretos por «husmear» en el correo electrónico de su entonces marido.
Lo cierto es que hay prácticas que, aunque no lo parezca, pueden traer disgustos, no solo a nivel de pareja, sino incluso legales. Es habitual oír cómo muchas personas miran o han mirado alguna vez el correo electrónico, el «WhatsApp» o los «sms» de su pareja. Pues bien, una práctica en principio inocua, puede sentarte en el banquillo de los acusados.
En este caso la imputada habría accedido a las cuentas de correo electrónico del denunciante, apoderándose de varios mensajes de las mismas y de imágenes de las comunicaciones que efectuaba por videoconferencia, siendo la destinataria de todas ellas una mujer, descubriendo así una relación extramarital de su entonces marido.
No conforme con ello, el contenido de dichos correos lo reveló poniéndolo en conocimiento de familiares y amigos del denunciante.
En este caso, la defensa de la denunciada ha solicitado el archivo de la causa, pero el Juzgado ha desestimado el recurso y ordenado que las actuaciones sigan, señalando que de las investigaciones realizadas hasta ahora se desprenden indicios suficientes para proseguir con la causa por la presunta comisión del delito.
Es más, dado que la imputada alegó que las cuentas de correo no tenían contraseña, el juez en su resolución concluye que «El nivel de protección no está reñido con la voluntad de que el contenido de los mensajes permanezca en el ámbito privado de los intervinientes en la comunicación».
Por lo tanto, cuidado con estas prácticas, que «La curiosidad mató al gato»…
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