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Si ayer decía que no existe la violencia de género –porque para mí la violencia no tiene género–, hoy lo que cabe concluir a la vista de la Sentencia que vamos a comentar es que la violencia no entiende de clases sociales.
En el caso que nos ocupa, la condenada es ni más ni menos que D.ª Cristina Fernández Rodríguez, en la actualidad de 46 años de edad, y que hace 12 años fue Delegada de Justicia con el Partido Popular.
Pues bien, el 1 de agosto de 2012 a las 17:00 horas llamó al despacho de su ex marido en la calle Bedoya para reprocharle diversas cuestiones relativas a la pensión de sus hijos. Media hora después se personó en el bufete del padre de sus hijos, en compañía de estos, continuando a gritos la conversación. Según consta en el escrito de acusación, tiró al suelo a su ex cónyuge en donde le dio patadas y le cogió las llaves, un ratón del ordenador y el móvil .
No conforme con lo expuesto en el párrafo que antecede, cuando acudió la Policía Local, alertada por los vecinos, y le pidió que se identificara, no solo no lo hizo sino que intentó agredir a los policías.
En el momento en el que la conducían a comisaría en calidad de detenida, pero sin grilletes –privilegios de haber sido Delegada de Justicia con el Partido Popular–, empujó violentamente a uno de los policías por las escaleras, agente que estuvo de baja 180 días debido a las lesiones que sufrió.
Por los hechos expuestos, el Juzgado de lo Penal n.º 1 de Orense ha condenado a la Sra. Fernández por la comisión de un delito de maltrato en el ámbito familiar, un delito de resistencia a los agentes de la autoridad y un delito de lesiones, a las penas de 57 días de trabajos en beneficio de la comunidad, y a 6 y 4 meses de prisión respectivamente.
Asimismo, se le ha impuesto la medida de prohibición de aproximación a menos de 100 metros del domicilio o lugar de trabajo del que fuera su esposo, el abogado D. Ramón Pérez, así como comunicarse con él por cualquier medio o procedimiento por espacio de tres años. Quedando suspendida la pena de prisión por un plazo de tres años, siempre y cuando no vuelva a delinquir.
Todo lo cual confirma, a mi parecer, que la violencia ni entiende de género ni de condición social.
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Más información en:
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ines molero dice
Invirtamos el personaje. Que el hombre invade el despacho de su ex, golpea y roba objetoa personales y todo esto delante d3 sus hijos. Un agente sufre agresión en el traslado del maltratador (caluficativo no usado al comentar los hechos). El resultado sería prisiön preventiva, orden de alejamiento y suspensión de régimen de estancia. Ya como sentencia nos iriamos a mas de dos añoa de condena, dando con sus huesos en la carcel y separado de sus hijos xq igual los mata para hacer mas daño a esa pobre mujer. ¿holocausto varón español? A eso suena y se sufre