Tengo que confesar y espero que no se moleste ninguno de mis clientes que nunca un asunto me ha quitado el sueño, esto no quiere decir que no me importen los asuntos que llevo, lo que quiere decir es que no tengo ningún problema para dormir, en cuanto me tomo mi vaso de leche con Cola Cao y me meto en la cama me duermo profundamente, sin embargo en los últimos meses han llegado a mis manos una serie de asuntos que no me están quitando el sueño pero me están quitando la paz, sobre todo viendo la deficiente respuesta que la justicia da a estos casos.
El caso es que cada día con más frecuencia me estoy encontrando casos de incumplimientos del régimen de visitas e incluso de incumplimientos en el reparto de tiempo en los casos en que se ha acordado la custodia compartida, en los que el régimen de visitas o el reparto de tiempo no se cumple alegando que «Es el niño el que no quiere ir con su padre….»
Estas progenitoras –hay que tener en cuenta que la mayoría de custodias exclusivas las tienen las mujeres– imagino que cuando el niño no quiera hacer los deberes, no quiera ir al colegio, no quiera bañarse, no quiera vacunarse, etc… aplicaran el mismo criterio que aplican en lo que al cumplimiento del régimen de visitas se refiere, es decir, dejaran que el menor haga su santa voluntad, no sea que le vayan a crear un trauma si le obligan a hacer algo que no quiere.
Lo cierto es que mientras los niños son pequeños, pongamos hasta los 10 años, si no se cumple el régimen de visitas o el reparto de tiempo, se considera, por lo general, que es porque la progenitora custodia –insisto, la mayoría de custodias exclusivas las tienen las mujeres– lo impide o, por decirlo de forma sutil, no colabora; en estos casos, se ejecuta sentencia y el juzgado da un «pequeño tirón de orejas» a la progenitora, poco más…
Si a pesar del «pequeño tirón de orejas» la progenitora sigue incumpliendo, puede que se le imponga alguna multa insignificante, que se le acaben incoando diligencias previas por la presunta comisión de un delito de desobediencia previsto y penado en el artículo 556 del Código Penal o, en los casos más extremos, cuando S.S.ª lo ve muy claro, pero que muy claro, se acuerde retirarle la custodia del menor a la progenitora incumplidora y otorgársela al otro progenitor.
Estas medidas están previstas en el artículo 776 de la Ley de Enjuiciamiento Civil aunque lamentablemente no se hace mucho uso de ellas, en mi opinión por miedo, por falta de valentía, no es políticamente correcto, es como si aplicar tales medidas a una mujer estuviera mal visto, es más, no me sorprendería que más pronto o más tarde un Juez que hiciera mucho uso de estas medidas tuviera problemas.
Lamentablemente el asunto se complica cuando los menores se van haciendo mayores, en particular a partir de los 12 años, ya que es a partir de esta edad cuando surge el derecho de los menores a ser oídos o, por decirlo de otra forma, la obligación de S.S.ª de escuchar a los menores, de forma que obligatoriamente a partir de los 12 años se tiene que llevar a cabo la exploración judicial de los menores, prueba a la que ya hice referencia en el post «La prueba de exploración judicial de menores en los procedimientos de familia» publicado en este mismo blog.
En estos casos el patrón de conducta es muy similar:
1.º La progenitora deja de cumplir el régimen de visitas.
2.º La progenitora incumplidora no hace nada, es decir no pone una demanda de modificación de medidas para que se suspenda el régimen de visitas; no lo hace simplemente porque, salvo en los casos en que hay una razón de peso, no lo puede hacer, esa demanda no prosperaría.
3.º Cuando el padre demanda ejecutando sentencia, la progenitora incumplidora se opone alegando que «Es el niño el que no quiere ir con su padre….» y, a continuación, solicita la exploración del menor.
No se si en los últimos tiempos han repartido algún folleto diciendo los pasos a seguir pero lo cierto es que todos los casos son iguales, siguen el mismo patrón de conducta, lo único que cambia es el nombre de los protagonistas, es decir el nombre de los progenitores y el de los menores.
Llegados a este punto imagino que se estarán preguntando ¿Qué pasa en estos casos? pues señores y señoras como dice la canción de Jarabe De Palo «Depende», y si ustedes, como ocurre en la canción, se están preguntando ¿De que depende? pues les diré que del Juez y del Fiscal que te toque.
Lo cierto es que el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil no prevén nada en particular para estos casos y, desde luego, el argumento de que «Es el niño el que no quiere ir con su padre….» no está contemplado como causa de oposición en los casos de ejecución de sentencia por incumplimiento del régimen de visitas –aunque, mejor no decirlo muy alto no sea que reformen la Ley de Enjuiciamiento Civil para incluir dicho argumento como causa de oposición en los casos en que se despacha ejecución por incumplir el régimen de visitas-.
Por lo tanto, todo depende del Juez que te toque y del Fiscal que intervenga en el asunto ya que, al tratarse de asuntos en los que hay menores, obligatoriamente tiene que intervenir el Ministerio Fiscal que, en algunos casos, más que un Ministerio es un «misterio» ya que en un mismo asunto me he llegado a encontrar que han intervenido 3 fiscales y cada uno ha informado en sentido diferente y totalmente contradictorio, lo que evidencia la falta de coordinación existente a la que ya hice referencia en el post «El Ministerio Fiscal y el Interés Superior del Menor, una extraña pareja» publicado en este mismo blog.
A modo de ejemplo les contare 3 casos que reflejan todo lo que les vengo exponiendo en este post.
CASO A)
En noviembre del año 2017 acudió a mí un padre que tenía la custodia compartida pero, desde hacia unas semanas el reparto de tiempo –en los casos de custodia compartida no se puede hablar de régimen de visitas– no se cumplía.
La progenitora todos los domingos cuando tocaba hacer la entrega/recogida del menor, iba a casa del padre con el niño, avisaba que estaba abajo, cuando el padre bajaba a recoger al menor el niño le decía que no se quería quedar y madre e hijo se volvían a casa.
Inmediatamente se presentó una demanda de ejecución de sentencia a la que, como es de costumbre en estos casos, la madre se opuso alegando que «Es el niño el que no quiere ir con su padre….» y solicitando la exploración del menor.
Pues bien, en este caso el Ministerio Fiscal fue contundente y, mediante escrito de fecha 18 de enero de 2017, concluyó:
«El Fiscal, evacuando el traslado conferido por la Diligencia de Ordenación de fecha 11 de enero de 2016, interesa la confirmación del Auto de fecha 17 de noviembre de 2016, con desestimación de la oposición al mismo, formulada —, por no existir la menor justificación para que no se cumpla estrictamente, el régimen establecido en la Sentencia de 14 de septiembre de 2015.»
Y a S.S.ª no le tembló el pulso, y así mediante Auto, de fecha 30 de enero de 2017, desestimo la oposición a la ejecución, condenando a la ejecutada al pago de las costas causadas; en el Fundamento de Derecho Segundo del citado Auto, se recoge:
«SEGUNDO.- Vistas las alegaciones realizadas por ambas partes puede adelantarse que se alcanza la conclusión de que puede imputarse a la ejecutada un incumplimiento del régimen de custodia entre padre e hijo ya que se limita a describir mediante las transcripciones que realiza una mala relación entre padre e hijo con la que justificar el que no se esté llevando a cabo el sistema de custodia compartida.
Y es que no es suficiente con afirmar que hay un conflicto entre padre e hijo para justificar por parte de la ejecutada que no puede cumplir lo dispuesto en sentencia pues a la edad de este, todavía no es lo suficientemente mayor, no puede quedar a su criterio, ni ello ser tolerado sin mas, el cumplir o no un sistema de custodia compartida que se ha establecido porque se consideró en su momento que era lo mas beneficioso con el mismo, si bien en la pericial psicológica ya afirmó cuando fue entrevistado que no le resultaba cómodo el cambiar con frecuencia de casa, lo que ya pone de manifiesto una predisposición del mismo que hoy por hoy no puede ser consentida.
Se efectúan reproches al ejecutante, sobre su actitud y comportamiento con el hijo pero del contenido de las conversaciones mantenidas entre ambos y aportadas por la ejecutada únicamente se desprende la existencia de los choques o conflictos que llegando a determinada edad se producen entre padres e hijo sin que a título de ejemplo el relativo a la actividad extraescolar de kárate revista la importancia que se le pretende dar.
Estos roces, muchas veces propiciados por los propios menores no se convierten en este caso en causa para dejar de cumplir el régimen de custodia dispuesto y tal y como señala el Ministerio Fiscal en su informe no se ha detectado la menor justificación para que no se cumpla estrictamente ni la ejecutada ha compelido con una actitud determinante a que el menor esté con su progenitor el tiempo que le corresponde habiéndose limitado a tolerar y respetar una supuesta decisión de este que además de desproporcionada resulta carente de fundamento, sin perjuicio de que el Sr. —– deba mostrar un comportamiento menos intransigente y mas dialogante y flexible en orden a que la relación padre e hijo transcurra por los cauces adecuados.»
Dicha resolución, en mi opinión, no solamente es ajustada a derecho sino que además es una muestra de sentido común, sentido que lamentablemente escasea muchas veces en la jurisdicción de familia.
A fecha de hoy, en este caso, la custodia compartida está funcionando perfectamente; porque cuando Jueces y Fiscales actúan de forma contundente, las cosas acaban yendo bien.
CASO B)
En el año 2015 acudió a mí un padre porque el régimen de visitas no se estaba cumpliendo; al igual que en el caso anterior, se formuló demanda de ejecución de sentencia y se despachó ejecución, pero la progenitora ni se opuso a la ejecución.
Sin embargo la progenitora, siguió incumpliendo el régimen de visitas por lo que al año siguiente hubo que poner una segunda demanda de ejecución de sentencia, en esta ocasión si que se opuso a la ejecución alegando que «Son los niños los que no quieren ir con su padre….» y solicitando la exploración de los menores –en este caso dos-.
Pues bien, al final el juzgado acordó la exploración de los menores y, a la vista de lo manifestado por estos, mediante Auto, de fecha 2 de febrero de 2017, acordó:
«DISPONGO haber lugar a reiterar la necesidad de que Dª —– y D —– pongan todos los medios a su alcance para que se restablezca la relación entre hijos y padre.
De igual manera se indica a ambas partes la idoneidad de acudir a un recurso conciliador y mediador a los efectos de facilitar tal relación cual es el Centro de —-»
Esto es como si a un maltratador le dices que sea buen chico y ponga los medios a su alcance para no seguir maltratando a su pareja; como pueden imaginar el régimen de visitas no se cumplió, porque cuando la justicia no es contundente, la gente hace lo que le da la real gana.
Sin embargo, dado que en su día esta progenitora fue requerida «… bajo apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia a la autoridad judicial …» para que cumpliera dicho régimen de visitas, fue admitida una denuncia presentada por mi cliente por la presunta comisión del citado delito, habiéndose acordado recientemente la continuación de las diligencias por los trámites del procedimiento abreviado, es decir, se ha dado traslado a las partes para formular acusación.
CASO C)
En este caso una pareja al divorciarse acordó que durante un periodo de «adaptación» a la nueva situación la custodia de las menores -2 niñas- la tuviera la madre y que, transcurrido un tiempo, pasaría a ser compartida.
Para sorpresa de propios y extraños, nada más dictarse la sentencia de divorcio, sentencia que se dicté en un procedimiento de mutuo acuerdo, la madre comenzó a incumplir sistemáticamente el régimen de visitas alegando que «Son los niños los que no quieren ir con su padre….»
Cuando ya se aproximaba la fecha en que tenia que comenzar a aplicarse el régimen de custodia compartida, la progenitora formuló demanda de modificación de medidas solicitando la atribución de la guarda y custodia de las menores en exclusiva, demanda que fue estimada, y siguió incumpliendo el régimen de visitas a pesar de haberse acordado el régimen de visitas que ella quería, absurdo pero cierto.
En este caso no voy a valorar las resoluciones judiciales dictadas hasta la fecha ni las que se puedan dictar en el futuro, ya que es un caso que se encuentra «sub iúdice».
Sin embargo, especial mención merece la actuación del Ministerio Fiscal, ya que en este asunto hasta la fecha han intervenido 3 fiscales; pues bien, mientras el primero y el segundo se han posicionado a favor del padre concluyendo que «El incumplimiento de las obligaciones de la Sra. —, en cuanto a las visitas a las que tenía derecho el padre, ha sido constante ….», llegando incluso a solicitar la imposición de multas por cada visita no realizada, el tercero de los fiscales ha llegado a proponer que como no se cumple el régimen de visitas, se suspenda, propuesta que no ha fundamentado ni jurídicamente ni tácticamente.
Ante lo cual, volvemos a lo expuesto al inicio de este post, todo depende del Juez y del Fiscal que te toque.
Obviamente, en estos casos otra pieza a tener en cuenta es el abogado que interviene en ellos, ya que no es lo mismo un profesional con sensibilidad que busque lo mejor para el menor que un profesional que ponga todo su empeño y esfuerzo para evitar que la relación entre el menor o menores y su progenitor o progenitora se restablezca; como las meigas, haberlos haylos.
OPINIÓN PERSONAL
Lo cierto es que en mi opinión el régimen de visitas no puede estar condicionado a la voluntad de un menor de edad que no tiene aún capacidad racional suficiente.
Como es obvio, la voluntad de los hijos no es oponible frente a las resoluciones judiciales, o no debería serlo, ya que en muchos casos parece que sí lo es; es más a los menores no se les puede atribuir una capacidad plena para disponer de este derecho como si ocurriría en el caso que fueran mayores de edad.
Lo que no impide que en los casos en que se justifique la inconveniencia o el riesgo para el bienestar del menor de un determinado régimen de visitas, se pueda formular la correspondiente demanda de modificación de medidas para que, valoradas todas las circunstancias concurrentes, se acuerde, si es necesario, la suspensión o supresión del régimen de visitas; a dicha demanda habrá que acompañar las pruebas necesarias para acreditar la situación de riesgo o contraria al interés o bienestar del menor.
Ante este tipo de asuntos, en mi opinión, hay que estudiar caso por caso en profundidad, no siendo suficiente la exploración judicial del menor, ya que muchos de estos menores son víctimas del Síndrome de Alienación Parental –SAP–, síndrome que difícilmente puede detectar un profesional del derecho -Juez o Fiscal- y, mucho menos, si tenemos en cuenta que las exploraciones judiciales de los menores no suelen durar más de 15 minutos.
En mi opinión, cuando un niño, sin causa que lo justifique, dice que no quiere estar con uno de sus progenitores lo más probable es que esté manipulado por el otro o que esté enfermo, porque un niño sano, al que sus padres divorciados dejan al margen de sus conflictos, siempre va a querer estar con papá y con mamá, es más, una de las cosas que me he dado cuenta a lo largo de los años de ejercicio profesional como abogado de familia, es que uno de los sueños de muchos niños de padres divorciados es que sus padres vuelvan a estar juntos.
Por decirlo claro, no es normal ni sano que, sin motivo alguno que fundamente tal decisión, un menor diga que no quiere estar con su padre o madre, en estos casos habría que profundizar en las verdaderas razones por las que un menor dice esto, pero lamentablemente no se hace.
Sinceramente, ante estos casos tengo que decir que no envidio a Sus Señorías, me alegro profundamente de ser abogado y no juez, porque la responsabilidad es inmensa, de la decisión que tomen depende, sobre todo, el futuro del menor o los menores afectados por esta situación, siendo lo más grave ver como en muchos casos no se está a la altura de dicha responsabilidad ni se actúa con la contundencia que estas situaciones requieren.
Indudablemente hay casos en los que el padre, la madre o ambos progenitores, son un peligro para un menor, en estos casos hay que actuar con contundencia, pero también hay que actuar con contundencia cuando la negativa de un menor a ir con uno de sus progenitores carece de fundamento alguno.
Viendo lo que veo en el ejercicio de mi profesión, como abogado de familia, creo que dos profesiones con mucho futuro van a ser la de psicólogo y la de psiquiatra, porque no me cabe duda de que las situaciones que están viviendo muchos menores, criándose «huérfanos de padres vivos» con el beneplácito de la justicia, dejan huella en los niños, y más pronto que tarde esos niños de hoy van ser los «enfermos mentales» o, peor aun, los «delincuentes» de mañana.
No pongan limites a los niños, déjenles que hagan su santa voluntad, dejen que crezcan despreciando a uno de sus progenitores o a los dos, déjenles creer que las resoluciones judiciales no valen nada, que no hay porque cumplirlas, eso si, luego no se sorprendan cuando esos menores crezcan y, en el mejor de los casos, sean unos tiranos o, en el peor de los casos, unos enfermos mentales o unos delincuentes.
Lamentablemente, consecuencia de estas situaciones en muchos casos toleradas por la justicia, para muchos padres pasear de la mano con sus hijos se ha convertido en un lujo que no está a su alcance; por lo que ante esta realidad no podemos mantenernos silentes porque entonces nos convertiremos en cómplices.
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Merce dice
Buenas noches. En mi caso yo tengo la custodia de los niños por mutuo acuerdo y el padre de los niños tiene sus fines de semana alternos y además una libertad absoluta para verlos firmada por convenio. Recientemente (A partir de un intento de cambio medidas ) me ha solicitado pasar con ellos una tarde concreta a la semana y por supuesto no he tenido inconveniente y así ha sido.. Pero resulta que el padre se dedica los días que está con los niños a criticarme, ponerlos en contra mía, a enfrentar a los dos hermanos entre ellos.. con lo cual me estoy planteando muy seriamente evitar que los vea en la medida de lo posible. He intentado hacérselo entender a mi ex en privado pero no hay manera de que colabore por el bien de los niños. Y eso que jamás le he impedido ver a los niños con la frecuencia que desee si bien el nunca ha mostrado mucho empeño por hacerlo.. Si su actitud no cambia.. qué puedo hacer al respecto? Gracias.
Felipe Mateo dice
Tendría que ver la sentencia para responder a esa pregunta, lo mejor cumplir al pie de la letra y, según lo que ponga, pedir su modificación. Saludos Merce
Nataly dice
Bien dia mi nombre Natali , jave un año nos separamos von mi esposo,tenemos una hija de 11 años, Hicimos una conciliación con mi ex acordamos un régimen de visita,tengo la custodia completa, pero aveces no cumple con las visitas…. se puede sancionar eso?
Felipe Mateo dice
Lo que puede hacer es ejecutar sentencia exigiendo el cumplimiento del régimen de visitas. Saludos Nataly
Daniela dice
Tenes que llevarlos al psicólogo. Pedir terapia familiar. Que un especialista acredite el daño. Y luego con pruebas ir a la justicia.
Yamy dice
Visto desde el punto judicial estoy de acuerdo. No obstante, desde la naturaleza materna, y un principio de bienestar se debe priorizar el estado emocional del menor. Si es el, el que no quiere estar con el padre (según tu reparto de roles) no es la madre la que tiene que realizar mayores esfuerzos, si no el padre en ganarse la aceptacion de su hijo/a. Bajo tu foco, el menos se convierte en objeto de poseción de mbos padres, y no es así. Ellos son los cuidadores desde el nacimiento a la mayoria de edad. Durante este periodo, sobre todo los primeros años es el adulto el que debe esforzarse en brindar bienestar y soporte emocional entre muchos deberes. Lejos de todo, no hay seguimiento y acompañamiento real, por lo que el niño/a se convierte en un nombre entre 3 kilos de documentos firmados, sin ayuda de psicologos y/o asistentes sociales.
Felipe Mateo dice
Ambos progenitores deben esforzarse por el bienestar de sus hijos y, lo que es más importante, ninguno debe interferir u obstaculizar el normal cumplimiento del régimen de visitas; cierto es que en los juzgados los niños se convierten en un nombre dentro de un expediente. Saludos Yamy
Juan dice
Hola buenos días, mi problemas es que yo vivo en una ciudad y mi hija de 12 años vive en otra a unos 50km de separación, dice que no quiere venir a verme porque se aleja mucho de su madre. Ya hace tres meses que no la veo por ese motivo y las pocas veces que a estado conmigo a estado llorando y mal pensando en su madre, cuando esta conmigo no le falta de nada lo hago todo para que se sienta Agusto y ella erre que erre, que puedo hacer si su madre no la involucra que es lo que yo pienso?.
Felipe Mateo dice
Si no se está cumpliendo el régimen de visitas lo mejor es que ejecute sentencia solicitando el cumplimiento del mismo. Saludos Juan
Patricia dice
El padre de mis hijas desde la separación hace 6 años nunca fue un padre presente, con suerte las veía 2/3 veces por año (sin contar los dos años que directamente desaparecio) el tema es que aparecer y desaparecer meses a mi nena más grande le afecta mucho, cada vez que pasan tiempo sin verlo comienza un duelo y cada vez son peor. No sé qué hacer yo no le quiero quitar el derecho a mis hijas de verlo pero tampoco quiero que ella pase más por eso. Ahora que volvio a querer aparecer le pedí que haga un régimen de visitas para que asuma el compromiso de verlas, el sé niega. Puedo negarle verlas hasta que acepte un régimen de visitas?
Felipe Mateo dice
Hola Patricia, tiene que cumplir lo que marque la sentencia de separación o divorcio y si no pedir su modificación, usted por si sola no puede dejar de cumplir una resolución judicial. Saludos
Manuela dice
Agradezco enormemente tu tiempo… pero mi pregunta vuelve a ser la siguiente: ¿qué pasaría si permito que no vuelvan con su padre?
Felipe Mateo dice
Lo que pasaría es que el padre podría ejecutar sentencia. Saludos Manuela
Amparo dice
Hola buenas por favor estoy desesperada el juez me dio la custodia y mi ex me hizo firmar un convenio regulador k según el lo a. Metido por el juzgado Necesito mucha ayuda porque el solo ace amenazarme cada vez k se lo lleva diciéndome k ni me lo va a devolver esto es un sin vivir aunque este a mucho kilómetros de el me dijeron en comisaría que tenia k cambiar o modificar la custodia por que ahora mi hijo en un año empieza el cole y no puedo tener custodia compartida al vivir amas de 500 kilómetros de el nose que hacer estoy desesperada ya no puedo más que pasaría si no se lo dejase la semana que Le toca porque estoy lejos de el y se lo lleva de semana en semana y mi hijo tiene 27 meses y dice k no kiere irse con papá estoy desesperada no se que hacer
Felipe Mateo dice
Sinceramente con los datos que da poco le puedo decir, si hay sentencia hay que cumplir lo que en ella se establezca y si no está de acuerdo con las medidas acordadas solicite la modificación. Saludos Amparo
Laura dice
Hola, buenas tardes. Mi hija conoció a su padre cuando ya tuvo 2 años, ya que él se marchó, y comenzó a pernoctar con 5 años. Yo tengo la custodia y él un régimen de visitas cada fin de semana alterno. El tema que mi hija tiene ocho años, y como le conoció con dos años y sólo lo ve cuatro días al mes, a mi hija no le importa comer o pasar el día con el padre, pero nunca ha querido pernoctar con él, a qué edad puede mi hija ser escuchada por el juez para modificar el régimen de visitas? al menos que en vez de pernoctar dos días que lo haga uno.
Felipe Mateo dice
Puede ser escuchada por el juez a partir de los 12 años, aunque puede presentar una modificación de medidas ya. Saludos
Amy Clark dice
La hija de mi hermana (12 años) esta un poco rebelde y hemos grabado conversaciones telefonicas con el padre progenitor donde muestra a mi entender claramente abuso psicologico hacia con la menor insitandola a ponerse en contra de su madre y hacerle la vida imposible con tal que la deje ir a vivir con su padre. Incluso la insita a que diga en la escuela, hospitales, etc que su mamá la maltrata y muchas cosas mas. En la escuela la niña va muy mal, no quiere hacer nada y su promedio es muy bajo por ende le aconseje a mi hermana quitarle el celular, ahora el padre quiere estar llamando a toda hora y todos los dias a la menor, le a dicho cosas como que si no quiere estudiar eso no importa y a mi entender eso va contra las leyes. Cree usted que mi hermana debe dejar ir a la menor, debe dejarla hablar con el padre a cualquier hora y en cualquier momento, o cree usted que mi hermana lo podria llevar a corte por lo que esta haciendo al poner encontra a la niña de su madre.
Felipe Mateo dice
Hola Amy Clark, su hermana lo que tiene que hacer es cumplir lo que marque la sentencia, ni más ni menos. Saludos
Jessica dice
Hola tengo una pregunta
el divorcio de mis padres a sido muy complicado somos 2 hermanas una de 17(yo) y otra de 13
Mi padre tiene nuestra custodia pero mi hermana no quiere quedarse con mi padre
Quiere a mi madre porque hace lo que quiere osea fumar porros iré de fiesta y solo tiene 13 años que puedo hacer yo y mi padre con mi hermana con mi madre no podemos contar es drogadicta
Felipe Mateo dice
Estimada Jessica, lo único que te puedo aconsejar es paciencia. Saludos
Maria dice
Y si el niño tiene ya 16 años ???
Con 15 años se fue a vivir con su pdare porque se enfado conmigo ….. hubo cambiio de custodia
le mando mensajes ,le digo para quedar y nada …..ya no se que hacer …
Felipe Mateo dice
En este caso no estamos ante un problema legal, estamos ante otro tipo de problema que quizás quien mejor le pueda ayudar es un psicólogo. Saludos María
Vanessa dice
Quisiera saber si en el caso de mi niña existe tal complicación .. ella tiene 10 años y desde q nació sólo habrá visto a su padre 2 veces … su papá nos ha hecho saber q no quiere ala niña y la niña tampoco a el .. hace un mes reclame su cuota año reclame su cuota alimentaria y ahora el pretende la tenencia compartida.. sera posible q la obliguen si ella no lo desea ..?
Felipe Mateo dice
Sinceramente es muy difícil que con esos antecedentes le den la custodia compartida. Saludos Vanessa
Cristina dice
Buenos días quería saber actualmente el padre de mi hijo tiene la custodia provisional asta que mi hijo de 11 años pase por el sicologo de justicia a lo cual yo Le paso manutención veo a mi hijo dos veces a la semana 4 horas y finde de semana artenos mi hijo está que no quiere ir con el padre y con ataques de anciedad que dice que ahora vive en casa de su abuela parte de padre que el padre no Le hace caso solo esta con la novia y que el padre solo Le echa broncas y que Le habla mal de mi a todo esto estoy viendo que mi hijo está recibiendo maltrato sicologico como en su momento recibí yo parte de su padre y no se que hacer para ayudar a mi hijo necesito consejo gracias
Felipe Mateo dice
Estimada Cristina, informe de esto a su abogado para que el lo ponga en conocimiento del juzgado / gabinete psicosocial. Saludos
Sara Fernández dice
Tengo 16 años,en los cuales,nunca he sabido nada de mi padre,el tampoco ha querido saber nada de mí,es más,desea que me quite el apellido,hace cosa de un mes mi madre y yo hemos acudido al juicio para solicitar la patria potestad,y a día de hoy,nos la han denegado,el está en rebeldía,no se presentó.La sorpresa fue hoy al leer la sentencia,cuando ponía explícitamente que el debería abonar 200 € mensuales pero yo debería aceptar las visitas cuando el deseara.(El nunca se ha hecho cargo de ninguno de mis gastos,ni estudios,ni alimentación…)
Ahora digo yo, porqué tengo que juntarme con alguien a quien no quiero ver,y con alguien que no me quiere ver,solo para que cumpla su obligación como padre?Y por qué no le conceden a mi madre la patria potestad?
Felipe Mateo dice
Estimada Sara, en primer lugar siento mucho por lo que estás pasando; obviamente si tu no quieres estar con tu padre y el tampoco quiere estar contigo no hay porque juntarse. En cuanto a la segunda pregunta que planteas, desconozco los detalles del caso, por lo que no puedo ni debo pronunciarme. Saludos
Laura dice
Estimado Sr,leyendo su artículo , me suscita la duda sobre la aplicación de la ley(a criterio según fiscales y jueces?).No prevalece el bien del menor? Mi caso es que mis dos hijos de nueve años, no quieren ir con el padre , por que la pareja del mismo les humilla , grita y a veces les deja sin cenar ( sobretodo en periodos vacacionales) Solamente no pude convencerles en una ocasión para que se fueran( duele mucho , obligarles, ) y el padre llamó a la policia . Pese , a que un niño le dijo los motivos al policía y al padre, este me ha denunciado, aunque hay un parte de intervención . .La pregunta es : la ley puede proteger al menor ante el maltrato de las nuevas parejas de los progenitores?Saludos
Felipe Mateo dice
Estimada Laura, sí hay maltrato y usted puede acreditarlo, denuncie. Saludos
Eva dice
Yo tengo dos nenes y uno de ellos ya tiene 13 años y no se quiere ir con el padre el otro tiene 6 tiene que seguir llendo nosotros los progenitores nos encontramos casi a 2 mil km y se van los 2 meses de verano el pack es divisible o indivisible
Felipe Mateo dice
Los hijos no son un «pack», son personas; si uno no quiere ir y el otro si quiere ir, habrá que ver lo que se puede hacer para que vayan los dos y si no es posible que vayan los dos, que vaya uno solo. Saludos Eva
joaquin garcia dice
hola mi pregunta es algo mas complicada y por desconocimiento no se que hacer soy un padre al que por motivos de crisis no cumplo siempre con mi obligacion de pasar la manuntencion por alimentos . dicho esto hace 4 meses mi hija de 13 años segun ella su madre la echo de casa yo conocia el caracter de mi hija y su madre decia que no podia con ella se vino a mi casa y por motivo de trabajo y porque no quiere estar conmigo porque dice que soy muy estricto se fue a casa de mi madre la cual la empatronamos la solicitamos plaza en el instituto y desde hace 7 dias mi madre dijo que no aguantaba mas su acctitud y la tengo en mi casa y ella esta en plan que quiere que la lleve a un centro o algun sitio porque aqui no quiere estar mi pregunta a que organo o juzgado o donde la puedo llevar y soluccionar esto
Felipe Mateo dice
Sinceramente les sugiero que usted y su ex, por el bien de su hija, se pongan de acuerdo, ya que por este camino la niña va a acabar muy mal. Saludos y suerte
Manuela dice
Buenos días, agradezco encontrar este tipo de artículos, por lo que me gustaría orientación en relación a mi caso: comparto custodia de dos menores de 14 y 9 años que sufren las estancias con su padre por mal trato hacia ellas: las insulta, coacciona, miente y un sinfín de acciones propias de una persona enferma mental. El caso es que interpuse demanda para la custodia exclusiva, hubo exploración de las menores y peritaje psico-social con la consecuente sentencia de dejar las cosas como estaban porque no había motivos para modificar medidas.
La cuestión es que, y perdón por enrollarme, mis hijas no quieren irse con su padre., ¿qué pasaría si, llegado el momento, no «entrego» a las menores?
Muchas gracias por tu inestimable ayuda.
Felipe Mateo dice
Estimada Manuela, entiendo que si ha habido una modificación de medidas y no le han dado la razón, lo que tiene que hacer es cumplir la sentencia. Si no entrega a las mejores su ex puede ejecutar sentencia y, si sigue sin entregarlas, proceder por la vía penal. Saludos.
Manuela dice
Muchas gracias D. Felipe Mateo.
Mis hijas NO quieren irse con su padre pero se ven «obligadas». Es doloroso verlas partir y no saber nada de ellas durante la custodia del padre, porque no cumple la sentencia en lo que a comunicación se refiere (de ningún tipo). Está claro que las denuncias acaban en saco roto por lo que necesitaría saber el medio más adecuado para que mis hijas convivan conmigo sin tener que esperar a que sean mayores de edad.
Agradezco toda la ayuda posible.
Felipe Mateo dice
El medio más adecuado es iniciando un procedimiento de modificación de medidas. Saludos Manuela
Esther dice
Hola. Mi caso es muy diferente. Tengo yo la guardia y custodia de mis 2 hijos. El de 14 años está constantemente creando problemas y los Servicios Sociales, Psicólogos, están al tanto de todo (me insulta, pega a su hermana pequeña, me denuncia falsamente, me roba(grandes cantidades de dinero)es violento, no estudia, sale con amigos…Yo no puedo con él.¿El canvio de custodia al otro.progenitor sería posible?.¿Y si el niño se niega a irse con el padre?. ..y si es el padre el que se niega?. Gracias y me gustaria decir para terminar, que el maltrato de un hijo a una madre es muy difícil de demostrar en España, donde un niño tiene más credibilidad que padres y profesores.
Felipe Mateo dice
Estimada Esther, en primer lugar decirle que siento mucho lo que le está pasando y deseo que se solucione pronto, por su bien y por el de su hijo. Lo que puede hacer es presentar una demanda de modificación de medidas solicitando un cambio de custodia, aunque con un niño de 14 años con las características que usted expone la cosa no es fácil, probablemente tendrá que terminar dando el paso de denunciar a su hijo. No es el primer caso que conozco. Saludos y suerte.
Anónimo dice
Hola espero y me ayude mire tengo 14 años y hay un acuerdo de que mi papá llegue a verme los domingos a partir de las 12:00 a las 4 de la tarde y pues mi papá aumento mi pensión 1000 pesos más ahora recibo 4000 pesos y quiere llevarme los fines de semana a su casa y me quiere llevar de vacaciones pero mi mamá dice que no mi papá trata de hablar con ella pero dice que no tiene tiempo porque no está preparada para hablar con él y si lo va a hacer que según va a firmar algo y pues mi papá quiere que me valla a vivir con el ya para la prepa y mi mamá dice que no porque ella tiene mi custodia y mi mamá me empieza a subir su tono de voz cuando empiezo hablar de que me gustaría ir a vivir con él y me empieza que es un maldito etc. Me puede ayudar que debo hacer en mi lugar porque mi papá dice que a partir de los doce ya puedo escoger con quién me puedo ir a vivir espero y me ayude gracias PD mi mamá no le gusta hablar a mi papá
Felipe Mateo dice
Estimado Anónimo, desde un punto de vista legal no puedo ayudarte porque veo que me escribes desde México y yo soy abogado en España; lo que tienes que hacer es perderle el miedo a tu madre -se que no es fácil- y decirle lo que deseas, si ella sigue así y tu quieres estar con tu padre vete con él y que el ponga una demanda en el juzgado pidiendo tu custodia. Saludos
jose luis rubio magallon dice
Es bonito lo que usted dice ,que las madres deben cumplir el regimen de visitas aun cuando el niño de 8 años cada ved quiera ir menos,hoy como cuando le toca mi nieto se a ido con su padre despues de estar yo 30’minutos hablando con el para que se fuera,save lo que me a dicho mi nieto ,que no lo queria porque no hacia nada,para que no fuera,se lome esplicado todo,su respuesta a sido no darme un beso de despedida,save usted como me e quedado yo,nunca se le a hablado mal de su padre ni de su otro abuelo ,nunca se les a prohibido verlo,sin enbargo a los ocho años ,se acuerdan de que tienen hijo y nieto ,como quiere usted que se valla contento y quiera irse,tiene 8 años y es muy listo,cada ved que se tiene que ir el piensa que quiero que este aqui,lo se que es la ley pero dondecestavesa ley que durante 8 años ni aporto ni se preocuparon tanto padre como abuelo,gracias
Felipe Mateo dice
Estimado José Luis, cuando yo digo/escribo algo lo hago en términos generales, obviamente soy consciente de que hay casos excepcionales con los que hay que seguir otros criterios; de todos modos siempre pueden instar un procedimiento de modificación de medidas para que se revise la situación y el régimen de visitas. Saludos
Isa dice
Buenas Felipe, tengo un hijo de 12 años con el que comparto custodia con su padre, previamente era yo quien tenía solo la custodia pero luego estuve de acuerdo en compartirla de hecho nunca me he opuesto a que mi hijo esté con su padre, el caso es que con el tiempo mi hijo a ido presentando un estado de rechazo a estar con su padre, a veces cuenta los días que le quedan y me pide de no irse, cuando el padre por algún motivo no viene por él se pone muy contento, he ido hablando con el siempre de forma positiva sin intención de ponerle en contra de su padre jamás, pero mi hijo ha empezado a contarme cosas que su padre dice y hace junto con su nueva pareja con la que convive, como por ejemplo hablan mal de mi y de mi familia que es también la de mi hijo, nunca suele hacerle muecas de cariños ni abrazos ni nada, suele tenerle mucho tiempo en la habitación y en casa sin salir, en ocasiones lo han puesto a limpiar el baño con lejía, etc… Yo he ido entendiendo por qué mi hijo ha ido desarrollando ese rechazo, mi hijo ahora está en un estado que llora por no querer irse con su padre y me pide quedarse conmigo, que puedo hacer yo como madre? mi hijo está sufriendo y es lo único que me preocupa
Felipe Mateo dice
Estimada Isa, mi consejo es que solicite en el juzgado una modificación de medidas solicitando la atribución de la custodia en exclusiva, además al tener 12 años su hijo, obligatoriamente tendrá que ser escuchado por el Juez. Saludos y suerte.
Una madre q no puede mas dice
Yo no lo veo asi. En mi caso tengo una niña de 19 meses, el padre se desentendio desde los 4 meses de ella, yo fui quien le llevó a juicio por alimentos, y pidio visitas alegando q no se la he dejado ver. Me he cansado de llamarle para q viniera a ver a su hija y aguantado insultoa y humillaciones por parte de su familia, un dia simplemente deje de llamar.
El empezo a pagar a partir de cuando le llego la demanda de medidas paternofiliales, y empezo a exigir verla, cosa q le facilite cuando podia hasta que el dia del padre no quiso devolverme a mi hija y tuve que ir por ella con policia.
Desde ese dia hasta el juicio no he querido saber d el.
Ahora me paga una cantidad ridicula y viene 2 o 3 dias a la semana, tiene sus horas para verla pero siempre llega 20 min. O mas tarde y la deja 10 antes.
Siempre paga 5 dias mas tarde de lo q pone en la sentencia y siempre tiene excusa, llega tarde xq hay atascos, paga tarde porque le pagan tarde.
Los domingos q le toca la niña no se nada de mi hija ni siquiera lo q ha comido.
Siempre q intento saber de ella me habla con prepotencia y chuleria.
Hoy ha venido a verla media hora tarde y amenazandome q ya no va ha pagarme más porque van a echarle del trabajo.
Yo estoy cansada de tener q tragar a una persona q me falta el respeto, lo hago por mi hija pero no puedo más. Yo quiero q mi hija tenga a su padre pero esta persona no le hace ningun bien. La niña tiene sus horarios para comer, para siesta… se q no los cumple con el, cuando viene d estar con el viene alteradisima y con mucha sed
Como puedo yo demostrar todo eso?
Estoy desvalida y aguantando q me falte al respeto delante de mi hija y aun asi tengo q poner buena cara por ella.
Y encima leo aqui que si mi hija no quiere ir el dia d mañana con el la tengo q obligar?
Sino quiere ir es xq esa persona no es buena con ella.
Yo estoy desesperada por que llegue ese dia xq no puedo mas con esta persona, no quiero seguir pasando por esto, tengo ansiedad por todo lo q me ha hecho y ahora usa a la niña y yo no puedo hacer nada
Amo a mi hija con la vida, pero me arrepiento del padre q la he dado.
Necesito saber como demostrar lo q el me hace porque no quiero q mi hija sufra ni pase por lo q estoy pasando yo con las faltas de respeto y amenazas d no pagar, como si yo me gastase ese dinero…
Felipe Mateo dice
Estimada Sra. -una madre que no puede más-, siento mucho lo que me cuenta, en este momento lo mejor sería que solicitara que las entregas y recogidas de la menor sean a través de un punto de encuentro, a los efectos de evitar el contacto con el padre y que el punto de encuentro vea e informe sobre la puntualidad y el estado en que la menor es recogida y entregada. Saludos y suerte.
Alicia dice
Este sábado, como cada quince días, le tocaba a mi hijo ver a su niña de 8 meses y recogerla en el punto de encuentro de Donostia . Nosotros los abuelos le acompañamos y así la vemos y jugamos con ella y nos conoce. La madre dijo que tenía bronquitis y por lo visto presentó un papel en el punto de encuentro de una clínica . ¿Nos cambiarán el día? ¿Nos lo tiene que pedir la abogada? ¿qué se hace en estos casos?. Muchas gracias por adelantado . Le sigo en FAcebook y en Youtube. Gracias de nuevo.
Felipe Mateo dice
Estimada Alicia, lo mejor es que su abogada solicite el cambio de día, sino lo solicitan nadie lo va a acordar. Saludos y suerte. P.D.: Gracias por seguirme en Facebook y YouTube.
KARINA CAMBRANO VELAZQUEZ dice
hola buenas tardes mi estimado Mateo reconozco su gran labor como abogado y sus comentarios muy certeros; le escribo lo siguiente espero y pueda ayudarme como sus sabias palabras.
mi nombre es karina cambrano yo soy de tabasco y divorciada hace 3 años aproximadamente, se procreo solo una hija actualmente esta por concluir 6 años, yo tengo la guardia y custodia de mi menor hija dentro de los acuerdos se estableció una visita cada quince días, su papa se la lleva en un horario los días sábado y domingos de 5 pm a 8 de la noche que me la regresa. mi duda es yo puedo solicitar al juzgado un cambio de entrega? ya que mi hija entrara a la primaria y luego su papa no me la trae puntualmente varia su horario de entrega 20 minutos para las nueve o inclusive a las nueve en punto de la noche. e igual es correcto lo que hace el señor de no entregarme a la nena a tiempo por que la verdad yo como mama me desespero ya que entre el y yo no hay comunicación y nunca me da una explicación por el cual me la lleva tarde tanto así que el domicilio que el proporciono para la convivencia de mi hija ya no es el mismo, eso me lo hizo saber la mama de el. entonces no se prácticamente donde mi hija se queda resguardada. agradecería su apoyo espero y lea mi situación. que tenga una linda tarde.
Felipe Mateo dice
Estimada Karina, tengo la impresión de que me escribe desde fuera de España, si es así yo no puedo aconsejarle porque desconozco las normas de su país. En España se podría pedir una modificación de medidas si fuera necesario o ejecutar sentencia. Saludos y gracias por su comentario.