El pasado día 28 de diciembre de 2024 se cumplieron veinte años de la aprobación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Aunque Carlos Gardel dijera aquello de «Que veinte años no es nada», la realidad es que es un periodo de tiempo que, en cuanto a la aplicación de una norma se refiere, nos permite sacar algunas conclusiones.
En este post me voy a referir a tres datos muy concretos: el número total de denuncias presentadas por violencia de género desde la aprobación de dicha norma; cuántas de ellas han terminado en sentencia condenatoria y, de estas últimas, cuántas han sido dictadas con la conformidad del acusado.
Para ello voy a tomar los datos disponibles en la web del Consejo General del Poder Judicial.
DENUNCIAS PRESENTADAS Y SENTENCIAS CONDENATORIAS DICTADAS ENTRE LOS AÑOS 2006 Y 2023
La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, entró en vigor el 28 de enero de 2005.
Por esa razón solo se disponen de datos desde el 1 de enero de 2006, mientras que, a fecha de hoy, todavía no se disponen de los datos del 2024.
A continuación, vamos a ver los datos del 2006 al 2023 incluidos:
Denuncias presentadas y sentencias condenatorias dictadas | |||
Año | Denuncias | Condenas | % Condenas |
2006 | 158.883 | 26.313 | 16,561% |
2007 | 126.293 | 28.364 | 22,459% |
2008 | 142.125 | 31.178 | 21,937% |
2009 | 135.540 | 32.550 | 24,015% |
2010 | 134.105 | 32.741 | 24,414% |
2011 | 134.002 | 31.403 | 23,435% |
2012 | 128.543 | 30.284 | 23,559% |
2013 | 124.894 | 28.275 | 22,639% |
2014 | 126.742 | 28.365 | 22,380% |
2015 | 129.193 | 28.870 | 22,346% |
2016 | 142.893 | 31.232 | 21,857% |
2017 | 166.260 | 33.146 | 19,936% |
2018 | 166.936 | 34.994 | 20,963% |
2019 | 168.057 | 36.534 | 21,739% |
2020 | 150.785 | 30.347 | 20,126% |
2021 | 162.848 | 41.073 | 25,222% |
2022 | 182.065 | 44.218 | 24,287% |
2023 | 199.282 | 48.525 | 24,350% |
Total | 2.679.446 | 598.412 | 22,333% |
Si tomamos los datos anuales de forma aislada, es decir, año por año, esos datos no serían exactos porque una denuncia puede presentarse un año y dictarse la sentencia al año siguiente.
Sin embargo, si tomamos los datos en su conjunto, hay que reconocer que son muy reveladores.
En el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2006 y el 31 de diciembre de 2023 se presentaron un total de 2.679.446 denuncias por violencia de género, de las cuales solo terminaron en sentencia condenatoria 598.412 –es decir, el 22,33 %–.
Si analizamos año por año podemos ver que solo en el año 2021 el porcentaje de condenas llegó al 25,22 %, mientras que hay años como el 2006 o el 2017 en los que el porcentaje de condenas no llegó ni al 20,00 %.
SI EN EL PERIODO 2006-2023 SOLO EL 22,33 % DE LAS DENUNCIAS TERMINARON EN SENTENCIA CONDENATORIA, ¿EL 77 % RESTANTE SON DENUNCIAS FALSAS?
Llegados a este punto, muchos se estarán preguntando, si en el periodo 2006-2023 solo el 22,33 % de las denuncias terminaron en sentencia condenatoria, ¿el 77 % restante son denuncias falsas?
La respuesta es no.
Y digo que no por dos razones:
La primera razón es que, en muchos casos, una vez presentada la denuncia, es retirada por la denunciante o se acoge a la dispensa a la obligación de declarar como testigo.
Por ejemplo, en el 2023, según datos del Consejo General del Poder Judicial, 19.500 mujeres se acogieron a dicha dispensa.
Y la segunda razón es que, en muchos casos, no se consiguen probar los hechos y, consecuencia de ello, se dicta sentencia absolutoria.
¿CUÁL ES EL PORCENTAJE REAL DE DENUNCIAS FALSAS POR VIOLENCIA DE GÉNERO?
Si tomamos los datos de la Fiscalía General del Estado, el porcentaje de denuncias falsas por violencia de género no supera el 1 % anual.
Sin embargo, solo hay que ver los datos del Consejo General del Poder Judicial para darse cuenta de que dicho porcentaje es muy superior.
Si, por ejemplo, tomamos los datos del año 2023 –último año del que se dispone de datos en la web del Consejo General del Poder Judicial– podemos ver que se presentaron 199.262 denuncias por violencia de género, mientras que solo se dictaron 48.525 sentencias condenatorias
Es decir, hubo 150.737 denuncias por violencia de género que terminaron en sentencia absolutoria o auto de archivo.
Pues bien, siendo «generosos» podemos decir que de esas 150.737 denuncias por violencia de género que terminaron en sentencia absolutoria o auto de archivo, la mitad –75.368,5– terminaron en sentencia absolutoria o auto de archivo porque la denunciante se acogió a la dispensa a la obligación de declarar como testigo o no se pudieron probar los hechos objeto de denuncia.
Y digo siendo «generosos» porque en la mayoría de los casos que se dice que no se pueden probar los hechos es porque los hechos denunciados no existen.
Por lo tanto, bien se podría «concluir» que la otra mitad de las denuncias por violencia de género que terminaron en sentencia absolutoria o auto de archivo son falsas, lo que supondría que en el 2023 el 37,82 % de las denuncias por violencia de género que se presentaron eran falsas.
¿QUÉ ES UNA CONFORMIDAD PENAL?
Ahora que ya conocemos el número total de denuncias presentadas por violencia de género desde la aprobación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y cuántas de ellas han terminado en sentencia condenatoria, toca abordar la última de las cuestiones, es decir, cuántas de estas sentencias han sido dictadas con la conformidad del acusado.
Pero antes de entrar en dicha cuestión, se hace necesario explicar qué es una conformidad penal.
En términos coloquiales podemos decir que una conformidad penal es un acuerdo al que llegan la acusación y el acusado. En este acuerdo el acusado reconoce los hechos por los que se le acusa y acepta la pena que se solicita para él.
El beneficio que obtiene el acusado es que ve reducida la pena, de forma que si la pena acordada es inferior a dos años y no tiene antecedentes penales evita entrar en la cárcel.
SENTENCIAS CONDENATORIAS DICTADAS CON LA CONFORMIDAD DEL ACUSADO ENTRE LOS AÑOS 2008 Y 2023
Como he expuesto anteriormente, la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género entró en vigor el 28 de enero de 2005.
Sin embargo, en lo que a conformidades penales en materia de violencia de género se refiere solo hay datos desglosados desde 2008. Mientras que a fecha de hoy todavía no se disponen de los datos del 2024.
Además, los datos que encontramos en la web del Consejo General del Poder Judicial –en lo que a conformidades penales en materia de violencia de género se refiere– solo son los relativos a los juzgados de lo penal.
Por ello, a continuación, vamos a ver los datos del 2008 al 2023 –ambos incluidos– referidos única y exclusivamente a los juzgados de lo penal.
Sentencias condenatorias dictadas por los Juzgados de lo Penal | |||
con la conformidad del acusado | |||
Año | Condenas | Conformidades | % Conformidades |
2008 | 15.197 | 6.063 | 39,90% |
2009 | 16.591 | 6.885 | 41,50% |
2010 | 17.454 | 7.201 | 41,26% |
2011 | 16.576 | 7.075 | 42,68% |
2012 | 15.889 | 7.013 | 44,14% |
2013 | 14.676 | 6.916 | 47,12% |
2014 | 13.877 | 6.741 | 48,58% |
2015 | 14.121 | 6.995 | 49,54% |
2016 | 15.179 | 8.056 | 53,07% |
2017 | 16.146 | 8.846 | 54,79% |
2018 | 16.586 | 9.213 | 55,55% |
2019 | 17.248 | 9.930 | 57,57% |
2020 | 13.702 | 7.962 | 58,11% |
2021 | 20.179 | 12.179 | 60,35% |
2022 | 21.097 | 13.000 | 61,62% |
2023 | 20.948 | 13.138 | 62,72% |
Total | 265.466 | 137.213 | 51,69% |
Como se puede apreciar, en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2023 se dictaron por los juzgados de lo penal un total de 265.466 sentencias condenatorias en materia de violencia de género, de las cuales 137.213 fueron dictadas con la conformidad del acusado, es decir, el 51,69 %.
Un dato que llama la atención es que cada año se dictan más sentencias condenatorias en materia de violencia de género con la conformidad del acusado. Así, en el 2008 el porcentaje fue del 39,90 %, mientras que en el 2023 fue del 62,72 %. Es más, dicho porcentaje ha ido aumentando anualmente.
OPINIÓN PERSONAL
El hecho de que, de media, solo el 22,33 % de las denuncias por violencia de género presentadas entre los años 2006 y 2023 incluidos, haya terminado en sentencia condenatoria, es un dato preocupante que evidencia que algo está fallando en la aplicación de la ley.
Y creo que estarán de acuerdo conmigo, estimados lectores, que cuando decimos que algo está fallando en la aplicación de la ley solo hay dos opciones: o no se está protegiendo realmente a las víctimas o se está haciendo un uso «torticero» de la norma. Lamentablemente, aunque es duro recocerlo, se da un poco de todo.
Si a este dato le unimos que más del 50 % de las sentencias condenatorias dictadas lo han sido con la conformidad del acusado, podemos decir que menos del 12 % de las denuncias por violencia de género terminan en sentencia condenatoria tras la celebración de un juicio oral.
A ello hay que añadir que muchas de las conformidades que se firman son fruto de un mal asesoramiento, sin ser conocedores de las consecuencias penales, así como de la repercusión que dicha conformidad penal pueda tener en procedimientos de familia si los hay.
En otros casos, una práctica «habitual» de las acusaciones, en particular del Ministerio Fiscal, es solicitar una pena de más de dos años de prisión para el acusado, de forma que este se angustie y acceda a firmar una conformidad con una pena inferior a dos años para así evitar entrar en prisión.
Y lo más grave es que muchas conformidades se están firmando después de una detención, una noche de calabozo y, en muchos casos, en un estado en el que no se reúnen las condiciones para tomar una decisión de ese calibre.
Por lo tanto, atendiendo a los datos que hemos visto, sin la figura de las conformidades penales el porcentaje de denuncias por violencia de género/sentencias condenatorias aún sería menor.
«CONSEJO PERSONAL»
Habitualmente termino mis artículos con mi «opinión personal». Sin embargo, hoy quiero ir más allá y terminar este post, si me lo permiten, con un «consejo personal».
A lo largo de más de veintidós años de ejercicio profesional son muchos los hombres que –después de firmar una conformidad– han contactado conmigo para decirme que habían firmado una conformidad, que eran inocentes y que querían saber qué podían hacer.
La respuesta siempre es la misma: cumplir la pena; ya que, desgraciadamente, una vez firmada una conformidad hay poco –por no decir nada– que se pueda hacer.
Personalmente, y aquí viene mi consejo, pienso que, si una persona no ha cometido los hechos de los que se le acusa, NUNCA, insisto NUNCA debe firmar una conformidad; debe luchar por su inocencia. Más aún teniendo en cuenta que –como he dicho antes– ni el 12 % de las denuncias por violencia de género terminan en condena tras la celebración de un juicio oral.
Más información en:
Informes anuales sobre violencia de género del Consejo General del Poder Judicial
Informe anual sobre violencia de género 2006
Informe anual sobre violencia de género 2007
Informe anual sobre violencia de género 2008
Informe anual sobre violencia de género 2009
Informe anual sobre violencia de género 2010
Informe anual sobre violencia de género 2011
Informe anual sobre violencia de género 2012
Informe anual sobre violencia de género 2013
Informe anual sobre violencia de género 2014
Informe anual sobre violencia de género 2015
Informe anual sobre violencia de género 2016
Informe anual sobre violencia de género 2017
Informe anual sobre violencia de género 2018
Informe anual sobre violencia de género 2019
Informe anual sobre violencia de género 2020
Informe anual sobre violencia de género 2021
Informe anual sobre violencia de género 2022
Informe anual sobre violencia de género 2023
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